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Salud

La receta electrónica será obligatoria desde el segundo semestre del año

receta electrónica

Con el objetivo de impulsar la digitalización del sistema de salud argentino, el Ministerio de Salud de la Nación avanzó con la reglamentación del DNU 70/23, a través del Decreto N°345/2024 para la implementación obligatoria de la receta electrónica desde el 1° de julio.

Hasta esa fecha, está garantizada la convivencia de los órdenes médicas en formato papel y digital, por lo que ambas serán válidas. Una vez que comience el segundo semestre del 2024, la receta electrónica será obligatoria pero podrá convivir con el formato papel.

"Dicho avance tecnológico tiene el propósito de mejorar la calidad en la prestación de servicios de salud a los ciudadanos, a través de la eficiencia y la seguridad, facilitando la identificación de los profesionales que prescriben medicamentos", indicaron desde la cartera de Mario Russo.

En este sentido, agregaron que la medida "contempla la integración y estandarización de las plataformas digitales ya existentes en el sistema, la definición de un diccionario nacional de medicamentos y el seguimiento eficaz del tratamiento de los pacientes".

Este sistema, indicaron, "no solo facilitará el acceso a los medicamentos y tratamientos de manera más eficiente y segura, sino que también promoverá la calidad en todo el proceso de atención médica". Según informaron desde Salud, la adopción de la receta electrónica está recostada sobre cuatro ejes esenciales:

  • La identificación de profesionales con capacidad para prescribir: Se garantiza el adecuado acceso a la identificación de los profesionales de la salud a través de la Red Federal de Registro de Profesionales de la Salud (REFEPS). Este registro asegura que solo los profesionales debidamente acreditados puedan emitir prescripciones, manteniendo así la integridad y seguridad del proceso de prescripción.
  • Un Registro Nacional de Soluciones Informáticas: Se desarrolla un registro nacional que incluye las soluciones informáticas que brindan soporte en la gestión sanitaria. Este registro abarca tanto los softwares que emiten recetas electrónicas como aquellos utilizados por las farmacias para la gestión de la dispensación de medicamentos. Esta medida busca estandarizar y asegurar la calidad y seguridad de las plataformas utilizadas en todo el territorio nacional.
  • El Diccionario Nacional de Medicamentos: Se establece un diccionario nacional de medicamentos para que las soluciones de salud digital puedan utilizarlo como base de referencia. Esto permite que las recetas sean emitidas denominando a los medicamentos por su nombre genérico, facilitando la identificación y dispensación de los mismos. Este diccionario garantiza la uniformidad y precisión en la prescripción de tratamientos a nivel nacional.
  • La comunicación y acceso a las recetas y órdenes electrónicas: Se propicia un sistema eficiente de comunicación y acceso a las recetas y órdenes electrónicas emitidas. Esto incluye también la declaración de la dispensa de medicamentos, la información sobre el producto entregado y su eventual sustitución en las farmacias. Esta integración asegura un seguimiento eficaz del tratamiento prescrito al paciente, desde la prescripción hasta la dispensación.