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Economía

La CAME pide cambiar un artículo de la Ley Ómnibus para favorecer a las economías regionales

CAME

Ante un proyecto tan extenso y abarcativo de ámbitos tan diversos de la vida social, política y económica, siguen surgiendo reclamos, objeciones y comentarios en torno de la Ley Ómnibus, mientras continúa el debate en el Congreso. En esta ocasión, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) pidió que se modifique el artículo 206.

El artículo de la Ley Ómnibus que pide modificar la CAME se refiere a los derechos de exportación a las economías regionales. En concreto, el Gobierno pretende elevar las retenciones para diferentes productos del agro y dejarlas en 0% para 19 sectores, frente a lo cual la Confederación reclama definir con más precisión qué se entiende por economías regionales para que estas tampoco deban tributar retenciones.

En una carta, el sector Economías Regionales de la Confederación solicitó a los funcionarios del Gobierno, a los gobernadores y a los diputados de todos los bloques incorporar un nuevo artículo o modificar el existente (206) en la Ley Ómnibus referido a los Derechos de Exportación, para que “aporte una definición precisa de las economías regionales argentinas”.

El objetivo, explicaron, es “superar el vacío legal que llevaría a algunos complejos agroindustriales a tributar retenciones”, y para ello proponen “anexar la explicación de las economías regionales elaborada y consensuada por más de cuatrocientas entidades agroindustriales de todo el país y por las federaciones económicas de las 23 provincias”.

 “Es fundamental que se defina qué son las economías regionales así quedan comprendidas más de 7000 posiciones arancelarias. Ya nos pasó que para ciertas cosas las incluimos a todas y para otras cosas no las incluimos en nada”, sostuvo el presidente de CAME, Alfredo González.

La definición de economías regionales que el organismo pide incorporar al proyecto de ley es la siguiente: “Todas las actividades provenientes del sector agroindustrial primario y sus industrias derivadas, cuyos sistemas de producción, elaboración e industrialización están vinculados a zonas geográficas específicas”.

“Las economías regionales tienen anclaje territorial, relevancia socioeconómica local y provincial en materia de generación de ingresos y agregado de valor; se caracterizan por el uso de mano de obra intensiva permanente y/o temporaria y el aprovechamiento de las materias primas agropecuarias locales, con distintos niveles de agregado de valor de sus productos y la articulación de sus eslabones. Se definen por cadena de valor y están conformadas, mayoritariamente, por un entramado de MiPyMEs agropecuarias e industriales, y desarrollo de clústeres”, completó la entidad.

Dicho esto, el comunicado solicitó “la incorporación de un nuevo artículo o la modificación del artículo 206 del proyecto de ley, que es el que fija en un 0% la alícuota de derecho de exportación para todas las mercaderías correspondientes”.

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