La Justicia rechazó el recurso presentado por el represor de la última dictadura Adolfo Donda para tener libertad condicional tras considerar que un crimen de lesa humanidad es "imprescriptible".
La Cámara Federal de Casación Penal declaró hoy inadmisible el recurso presentado por la defensa del represor Adolfo Donda, en la que pedía la libertad condicional. La decisión de denegársela fue tomada por los jueces Alejandro Slokar, Angela Ledesma y Guillermo Yacobucci.
Adolfo Donda, tío de Victoria Donda, la bebé apropiada y recuperada que hoy es activista de derechos humanos y abogada, está condenado a prisión perpetua en las causas "ESMA II" y "ESMA UNIFICADA" por coautor de los secuestros, torturas, homicidios y sustracción de menores contra más de 400 víctimas, crímenes de lesa humanidad, cometidos en el centro clandestino de detención que funcionó en la exESMA durante la última dictadura cívico militar, como jefe de operaciones del Grupo de Tareas 3.3.2.
El hermano de Adolfo Donda, José María Laureano Donda Tigel, fue secuestrado a los 21 años junto a su pareja, María Hilda Pérez, por ese entonces embarazada, quien en 1977 tuvo una niña en la maternidad de la ESMA, Victoria Donda, que recuperó su identidad en 2004. Desde inicios de este año, está siendo juzgado en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 6 por la apropiación de su sobrina.
Durante ese debate Victora Donda reclamó que el único acusado en el juicio, Donda, revelara los datos que conoce sobre su nacimiento y el destino de sus padres desaparecidos.
El represor de la ESMA pidió responderle, negó tener información y además le dijo: "Tu felicidad no pasa por pronunciarte así en contra de tu propia sangre. Sagrada familia, Victoria". Actualmente este juicio se encuentra en su etapa final, momento en el cual las partes se encuentran presentando sus alegatos, informaron fuentes judiciales.
En el fallo que dio origen a la decisión de hoy de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, el juez Slokar había resaltado que, con acopio de jurisprudencia internacional, "los crímenes de lesa humanidad resultan imprescriptibles, no pasibles de indulto ni amnistía, tampoco puede conmutarse o reducirse la respuesta punitiva impuesta, pues se ingresaría nuevamente en un pasaje de impunidad" y "el otorgamiento indebido de estos beneficios puede eventualmente conducir a una forma de impunidad, particularmente cuando se trate de la comisión de violaciones graves de derechos humanos".