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Política

La Cámara de Casación ordenó sortear al juez que reemplazará a Javier Carbajo en la causa Vialidad

javier carbajo causa vialidad

La Cámara Federal de Casación dispuso hoy que se efectúe el sorteo del juez de ese tribunal que tendrá que intervenir en la revisión de la sentencia en la causa Vialidad. Este será en reemplazo del integrante de la sala IV Javier Carbajo. Además, dispusieron que se informe a las partes el día, hora y el lugar en que se llevará a cabo el sorteo a fin de poder presenciarlo.

Los camaristas Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, de la sala IV, dispusieron remitir el expediente a la Oficina de Sorteos de la presidencia de Casación para que se defina el juez o la jueza que intervendrá en la revisión del veredicto del Tribunal Oral Federal 2 por la causa Vialidad.

En la misma resolución, Hornos y Borinsky no hicieron lugar a un recurso de queja de la defensa de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner para que otros jueces de Casación revisen la decisión de los dos primeros de no apartarse del caso.

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Los jueces Javier Carbajo, Mariano Borinsky y Gustavo M. Hornos, presidente.

El TOF2 condenó a Cristina Kirchner a seis años de prisión, en un fallo que apeló su defensa. La misma pidió apartar a Hornos y Borinsky de la revisión del caso. Sin embargo, ambos camaristas rechazaron esto. Ante esto interpuso un recurso horizontal para que otros jueces intervengan en esta decisión, el que fue declarado inadmisible el 31 de mayo pasado y luego interpuso una queja por recuso de Casación denegado, que ahora también fue rechazado.

Qué argumentaron Hornos y Borinsky sobre el sorteo del tercer juez en la causa Vialidad

"Esta Sala interviene en el caso en virtud del sorteo efectuado en su primera elevación", indicaron Hornos y Bonisnky el 13 de mayo de 2017. Además, los jueces agregaron: "La pretensión expresada por la defensa, de que se proceda a un nuevo sorteo de Sala ante la presentación de una queja por recurso de casación horizontal denegado que resulta, a todas luces, improcedente ante el tipo de resolución cuestionada, tornaría ilusoria la vigencia de la garantía del juez natural inmanente al debido proceso legal".

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