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Economía

De cuánto será la nueva tarifa del agua

Tarifa del agua

AySA propuso un ajuste en la tarifa del agua y hoy la Secretaría de Obras Públicas lo confirmó: el incremento será del 32% en total durante este año y se implementará en dos tramos. La primera suba se producirá el 1° de julio y será del 20%, y la segunda será de un 10% a partir del 1° de octubre.

La medida fue expuesta en la Resolución 91/2022, publicada en el Boletín Oficial con la firma del secretario de aquel organismo, Carlos Augusto Rodríguez. Allí se establece que el valor del “Coeficiente de Modificación K” pasará, desde el mes próximo, del actual valor de 37,2918 a 44,7502. En tanto, cuando entre en vigencia el segundo aumento, ese número escalará a 49.2252.

La decisión deriva de la audiencia pública que AySA convocó el pasado 19 de mayo, en la que expuso que la recaudación por tarifas cubría sólo el 49,5% de los costos de la empresa, en lo que se describió como un desajuste de "larga data".

“Los ingresos tarifarios no alcanzan a cubrir la totalidad de los costos derivados de la prestación de los servicios”, argumentó la empresa presidida por Malena Galmarini.

Los ingresos tarifarios no alcanzan a cubrir la totalidad de los costos derivados de la prestación de los servicio.

Los artículos 3° y 4° de la Resolución prevé excepciones para los beneficiarios de la tarifa social. En primer lugar, quienes tengan bonificaciones vigentes hasta la entrada en vigor de la presente medida, gozarán de descuento adicional que neutralice el efecto de la aplicación de la modificación tarifaria. Según se aclara, “el descuento se mantendrá hasta la fecha de renovación o cese del tal beneficio”.

También se aplicará un descuento adicional para quienes se sumen a la tarifa del agua social entre el 1° de julio y el 30 de septiembre de este año, pero en base a la modificación tarifaria que se implementará el 1° de octubre. En ambos casos, la bonificación “se mantendrá hasta la fecha de renovación o cese del tal beneficio”.

Por otro lado, se resolvió “suspender por cinco años el cobro del cargo por instalación del medidor a aquellos usuarios de todas las categorías que soliciten la modalidad de facturación medida, conforme los planes y presupuesto aprobados”.

Además, se “eximió del cobro del cargo por conexión de agua potable establecido en el artículo 17 del RANT a aquellos Usuarios que soliciten la modalidad de facturación medida y que para ello readecuen sus instalaciones internas a fin de ser abastecidos de forma independiente”, también por espacio de cinco años.

“Lo dispuesto en el presente artículo sólo alcanzará a las unidades funcionales pertenecientes a edificios subdivididos en propiedad horizontal o régimen análogo, abastecidos mediante una o más conexiones de forma indivisa, existentes a la entrada en vigencia de la presente resolución y no será aplicable a nuevas construcciones”, aclaró el artículo 8° de la normativa.

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