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Política

Aumentos de prepagas: ¿puede haber un fallo contra el DNU que los suspenda?

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Desde que entró en vigencia el mega DNU 70/2023 de Javier Milei, cada vez hay más reclamos en la Justicia por los aumentos en las cuotas de las prepagas, que se vieron habilitados gracias al decreto del Presidente. Sin embargo, se vienen tratando cada caso de manera individual. ¿Hay manera de que haya un fallo que suspenda los aumentos de manera general?

Hasta el momento, todos los casos resueltos tienen características específicas, como ser planteos de jubilados o familiares de pacientes con alguna discapacidad, y demandan a empresas puntuales. Sin embargo, la semana pasada se dio un primer indicio para que pueda haber un fallo que suspenda los artículos del DNU que permiten estos aumentos.

El Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema indicó que un amparo que sea dirigido contra el Estado y que pida la inconstitucionalidad de los los artículos del decreto que liberaron los precios de las prepagas tramite junto con la única causa que hasta ahora quedó anotada allí: un expediente contra la Sociedad Italiana de Beneficencia que está a cargo de la jueza de San Martín, Martina Forns.

Suponiendo que la jueza falle sobre el fondo, el efecto colectivo sería para los socios del Italiano. Pero eso ahora podría cambiar gracias a un amparo del abogado Eduardo Santiago Wilson, quien apuntó contra el Estado al cuestionar la validez constitucional de los artículos 267 y 269 del DNU (que quitan el control estatal a las prepagas y permiten liberar precios).

Según indica la periodista Irina Hauser en Página 12, la semana pasada el Registro de Procesos Colectivos le informó a Wilson que su planteo debe tramitar en el mismo juzgado que logró la inscripción de un amparo colectivo, debido a la "sustancial semejanza en la afectación de los derechos de incidencia colectiva".

Pero todo depende de que la jueza Forns acepte el caso y si lo acumula. Si eso sucede podría dictar una cautelar con un criterio general, aunque nada está dicho. Luego vendrá la cuestión de fondo, sobre la validez constituconal de los artículos implicados del DNU.

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