La Sala de Feria de la Cámara del Trabajo resolvió el amparo planteado por la CGT y determinó que el capítulo 4 del DNU 70/2023 de Javier Milei es inconstitucional. De esta manera, los artículos vinculados a la reforma laboral que impulsa el gobierno nacional quedan exentos del decreto que se encuentra en vigencia.
La decisión fue firmada por los jueces Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera: “No se registraba impedimento para la reunión de las cámaras del Congreso, e incluso el 27 de diciembre de 2023, es decir, con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del DNU 70/2023, el órgano legislativo se encontraba convocado, en funciones, y con facultades para examinar el contenido de las reformas propiciadas en dicho DNU”.
Los jueces también opinaron sobre la demora del trámite de la revisión del DNU en el Congreso: “Las circunstancias suscitadas con posterioridad a la publicación del decreto indican que, a su respecto, el proceso de intervención de los poderes políticos no habría avanzado con la premura que requería, de acuerdo con la situación que parecía indicar el contexto social, político y económico existente a la asunción del actual gobierno. Así lo demuestra el tiempo transcurrido sin que hasta el momento exista un despliegue en la actuación del Congreso que permita suponer que en el corto lapso pueda emitirse una decisión que dé debido cumplimiento con las disposiciones de la ley 26.122″.
Se trata de una sentencia definitiva a partir de la presentación que la central sindical realizó contra el fallo de primera instancia que solo hacía foco en seis de los artículos comprendidos en las desregulaciones laborales del DNU presidencial.
El miércoles pasado el juzgado de feria había hecho parcialmente lugar a la acción de amparo iniciada por la CGT tras declarar la invalidez de los artículos 73, 79, 86, 87, 88 y 97 del DNU 70/2023. Entonces, el fallo dejó en claro que gozaría "de validez formal en el caso de ratificación por ambas Cámaras dentro del período de las sesiones extraordinarias en curso, o su vigencia cesará de pleno derecho en caso contrario".
A un día del cierre de la feria, el camino queda ahora abierto para que la puja en torno al capítulo laboral del DNU 70/2023 desembarquen también en la Corte Suprema de Justicia. El máximo tribunal ya tiene pendiente la resolución del recurso presentado por la provincia de La Rioja, por competencia originaria, frente al cual ayer el procurador interino Eduardo Casal ya emitió dictamen a favor que los supremos entiendan en la causa.