El juez federal Ernesto Kreplak dictó una cautelar que suspende el decreto 154 del DNU 70/2023 que derogaba la Ley de Tierras, que limitaba el acceso extranjero a tierras argentinas.
Kreplak tomó la decisión tras el pedido del Centro de Excombatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y en su presentación se hizo eco de lo pedido por el centro, que es dejar efecto el artículo 154 del DNU 70/2023 que había derogado la Ley 26.737 del Régimen de Protección al Domino Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales (Ley de Tierras) y firmó la resolución como "amparo colectivo", ya que es algo que les compete a todos.
El Juez se expresó sobre la modalidad de derogación del Gobierno y sostuvo que "el reglamento impugnado no habría cumplido con los procedimientos esenciales y sustanciales para su dictado, ni posee el dictamen proveniente de los servicios permanentes de asesoramiento jurídico", dijo.

La Ley de Tierras regula y limita la posibilidad de venderle a extranjeros tierras que tengan fuentes de agua o que estén en zonas de seguridad de fronteras. A partir de ella, solo un 15% de las tierras rurales de Argentina pueden pertenecerle a extranjeros.
Con la ley, además, las personas extranjeras de una misma nacionalidad no pueden tener más del 30% de ese 15% total sobre las tierras rurales y tampoco pueden tener más de 1.000 hectáreas en la zona núcleo. De continuar en vigencia la derogación, las transacciones pasarían a ser libres entre compradores y vendedores de tierras y no habría un marco regulatorio que limite las ventas a extranjeros. Con la ley, entonces, se busca la soberanía territorial y evitar la extranjerización de tierras.