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Sociedad

Procesaron a un policía por matar a un hombre por reducirlo "con fuerza innecesaria"

Un efectivo de la Policía de la Ciudad fue procesado por el homicidio culposo de un hombre al que le presionó el cuello con las rodillas con un "exceso de fuerza innecesario" para reducirlo mientras se encontraba en un estado alterado en una estación de servicio de Constitución en mayo del 2020.

La medida la dispuso la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional que, por mayoría, revocó la falta de mérito previamente dictada a favor de un oficial mayor identificado por sus iniciales A.R.R de la Policía de la Ciudad por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional 57. Ahora, el policía será procesado como autor del delito de "homicidio culposo" de André de Jesús Vergel Arguedas.

Según informó el Ministerio Público Fiscal (MPF), los jueces Martín López, Ricardo Pinto y Rodolfo Porciello Argerich, que votó en disidencia, avalaron el recurso interpuesto por el fiscal de Instrucción Matías Di Lello, que apeló la falta de mérito dispuesta por la jueza María Fabiana Galletti el 17 de marzo pasado.

El hecho sucedió el 17 de mayo del 2020, cuando estaba vigente el aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia del coronavirus. Ese día, dos policías en un móvil sanitario de la Comisaría Comunal 4 llegaron a la estación de servicio Axion, en Santiago del Estero y Juan de Garay, luego de ser alertados sobre la presencia de un hombre alterado.

Aparentemente, el fallecido había llegado al playón del local gritando que lo querían matar. Los policías intentaron reducirlo, lo tiraron al suelo, y uno de ellos le puso sus rodillas sobre el cuello, ejerciendo presión con todo el peso de su cuerpo por un tiempo prolongado.

De acuerdo a la acusación, eso le generó una "hipoxia" a la víctima, que además había consumido tanto drogas como alcohol, lo que terminó generando su muerte por "congestión y edema pulmonar". Toda la situación quedó grabada por las cámaras de la estación de servicio.

Para los jueces de la Sala V, el fallecido no tenía "una actitud que fuera demostrativa de la comisión de un delito previo", ni "un comportamiento que hiciera suponer que la vida o la integridad física de los policías o de cualquier otra persona, estaba en peligro". Añadieron que la reducción de Vergel Arguedas duró más de siete minutos, y no se llevaron a cabo los protocolos necesarios para una persona que no significaba un peligro para los agentes, ni ejercía "una resistencia descomunal" a los policías.

Por eso, los jueces consideraron el accionar policial como una "evidente mala praxis", y consideraron que el exceso en el uso de la fuerza "convierte en típica su conducta conforme al delito de homicidio culposo normado en el art. 84 del Código Penal".

La Sala concluyó que el policía "no adoptó ninguna de las medidas de abordaje de la situación que exigen los protocolos que regulan la actuación policial en el caso", y que eso terminó con la muerte de la víctima. Destacaron que "ante un supuesto de una persona con un padecimiento mental, el accionar fue excesivo, desproporcional e imprudente" y que no hay "explicación razonable a su imprudente actuar".

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