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Sociedad

Malas noticias para los rugbiers asesinos en la causa de Fernando Báez Sosa

rugbiers fernando báez sosa

El grupo de los ocho rugbiers condenados por el asesinato de Fernando Báez Sosa sufrieron un nuevo revés judicial. Ahora, la Cámara de Dolores rechazó los planteos realizados por su abogado, Hugo Tomei, para cuestionar la etapa de instrucción del juicio que culminó en la condena de los delincuentes. El abogado presentó una apelación que ponía en cuestión la primera declaración a los condenados y exigió la recusación del juez de garantías David Leopoldo Mancinelli.

De acuerdo al abogado de los ocho condenados, las actas de las primeras indagatorias realizadas a sus clientes fueron falseados. En base a esa afirmación, Tomei pidió la recusación del juez porque afirma que este "puede ser parte de lo que ellos denuncian al haber convalidado en su momento esas indagatorias".

Los jueces de la Cámara en lo penal de Dolores rechazaron de pleno los planteos de Tomei, asegurando que "si hubiesen existido las irregularidades de la entidad que menciona, correspondería haber decretado la nulidad". Siguieron: "Y decretada esta, podría abrirse la posibilidad de investigar la posible comisión de delitos de acción pública (siempre siguiendo la hipótesis planteada por los particulares damnificados). Claramente, ello acarrearía, una clara incidencia en los actos posteriores (el dictado, por ejemplo, de la prisión preventiva lo que conllevaría a otro delito denunciado: privación ilegal de la libertad)".

De acuerdo a los camaristas, ese "supuesto delito ya ha tenido respuesta, no sólo de parte del Ministerio Público Fiscal en las vistas corridas oportunamente, sino por diversos organismos jurisdiccionales: juez de garantías, esta misma Sala, órganos superiores a esta Sala e, incluso, por el Tribunal que llevó adelante el juicio oral pues, como cuestión preliminar, una vez iniciado el debate, nuevamente desechó la nulidad planteada al respecto".

Los jueces agregaron: "De este modo, quiérase o no, de manera directa o indirecta, la desestimación de la denuncia, en el hecho (o delito según el recurrente) que debe acreditarse para tener andamiaje el resto de la presentación, ya ha sido analizada y resuelta, como dije en el párrafo anterior, por diversos órganos jurisdiccionales: se ha establecido la plena validez de las declaración que, según el criterio del apelante, fueron falsificadas. Esto significa, reitero, que tal extremo ha sido motivo de análisis, valoración y decisión de la jurisdicción". De esa manera, rechazaron la recusación del juez y el planteo de la defensa de que hubo delito al inicio de la causa.

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