La Justicia ordenó a la comunidad mapuche Paichil Antriao a devolver un camping en Villa la Angostura que habían ocupado en 2011. Y es que para los jueces de la causa, el argumento de una reivindicación territorial o "propiedad ancestral" no existe.
El conflicto no es nuevo: los terrenos, situados sobre la costa del lago Correntoso, están en disputa desde 2013, momento en el que el municipio decidió recurrir a los tribunales para intentar recuperar la administración del sitio.
Hugo Montes y Sofía Antrio, miembros de la comunidad mapuche, fueron responsables de la concesión del lugar y, al terminar el acuerdo, se suponía que debían devolver el control al gobierno local. Sin embargo, en lugar de hacerlo, anunciaron una recuperación territorial basándose en la presencia previa de familiares y ancestros en la zona.
Según trascendió, el planteo carecía de legitimidad debido a un hecho concreto: las tierras habían sido propiedad de Víctor Antriao, miembro de la comunidad, pero estas fueron cedidas previamente a la Comisión de Fomento de Villa la Angostura, quedando así bajo la jurisdicción del gobierno local.
A partir de esto, en el fallo los jueces Germán Busamia y Evaldo Moya fundamentaron la decisión en la falta de evidencia que respalde la práctica de actividades comunitarias en el predio y desconocieron los derechos ancestrales invocados por los pueblos originarios.
Ahora la máxima autoridad judicial de Neuquén no sólo ordenó la restitución del predio al municipio local, sino que además le impuso el pago de las costas que inició todo el proceso, durante más de diez años.