En pleno enero, muchos viajan a la Costa Atlántica para disfrutar de sus vacaciones. En este sentido, suelen haber quejas y denuncias por determinados comportamientos en la playa: ¿Qué se puede hacer y qué no?
En cuanto al consumo de alcohol, si la ordenanza lo permite, se puede tomar en la playa, de lo contrario, no se puede. Claro está que los menores de edad no pueden. Otra pregunta controversial es si está permitido hacer nudismo y la respuesta es que no, salvo en algunos sectores delimitados específicos, que la ordenanza lo permita.
Muchas familias viajan con sus perros a la Costa y pretenden llevarlos a la playa. Esto está permitido, justamente, en los lugares en los que no esté expresamente prohibido.
¿Es obligatorio que haya baños públicos? Sí, siempre. No solo esto, sino que en caso de que haya una concesión, es un derecho poder usar el baño, a pesar de no consumir nada en ese lugar.
Hay quienes quieren utilizar sus vehículos motorizados en la arena. Sin embargo, no está permitido en casi ninguna playa de la Costa. “Aunque no hay legislación nacional sobre la presencia de vehículos motorizados sobre la arena, existe la prohibición o restricciones específicas en casi todas ellas”, remarcan en la página web oficial del Gobierno.
Muchas veces, se levantan fuertes vientos en la playa y una sombrilla lastima a otra persona. Si eso ocurre, quien se tiene que hacer cargo es el dueño de la misma o el responsable el balneario, si es una concesión.
En cuanto a los reclamos por falta de limpieza, se deben hacer directamente a la Municipalidad. Y, finalmente, es obligatorio obedecer a las indicaciones del guardavidas, debido a que es la autoridad y está a cargo de la seguridad de la playa y de los que estén en ella.