El presidente Javier Milei anunció anoche en cadena nacional el DNU que salió publicado en el Boletín Oficial, y entre las más de 300 medidas que incluye, la primera mencionada fue la derogación de la Ley de Alquileres. ¿Qué pasará con los contratos vigentes y que cambia desde ahora para los inquilinos?
“Derogación de la Ley de Alquileres para que el mercado inmobiliario vuelva a funcionar sin problemas y que alquilar no sea una odisea”, dijo Milei en la cadena nacional en la que estuvo acompañado por sus ministros.
Además, el DNU describe bajo qué moneda se podrán pactar los contratos y cuáles serán los mecanismos de actualización. En primer lugar, establece que “los alquileres podrán establecerse en moneda de curso legal o en moneda extranjera, al libre arbitrio de las partes. El locatario no podrá exigir que se le acepte el pago en una moneda diferente a la establecida en el contrato”. En este escenario, lo más probable es que los propietarios pidan pago en dólares.
“Las partes podrán pactar el ajuste del valor de los alquileres. Será válido el uso de cualquier índice pactado por las partes, público o privado, expresado en la misma moneda en la que se pactaron los alquileres. Si el índice elegido dejara de publicarse durante la vigencia del contrato, se utilizará un índice oficial de características similares que publique el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) si el precio estuviera fijado en moneda nacional, o el que cumpla las mismas funciones en el país que emita la moneda de pago pactada”, describe el escrito.
Más allá del anuncio de Milei, los acuerdos en curso deben ser respetados hasta su fecha de vencimiento. Esto significa que mientras el contrato de alquiler esté vigente, todos los términos y condiciones se aplicarán hasta el momento de su finalización. Solo puede haber una excepción en caso de que el contrato así lo indique específicamente.
La ley de alquileres fue sancionada en julio de 2020 y desde ese momento generó una fuerte reducción de la oferta debido al congelamiento de precios anuales, que con una inflación que era cada vez más alta, provocaba un atraso de precios que perjudicaba notablemente al propietario.
Esto provocó una disparada en los precios y una contracción de unidades ofertadas dado que los propietarios rechazaban el nuevo plazo de tres años de contrato y las actualizaciones anuales. Sin embargo, había una protección para los inquilinos que lograban conseguir un contrato dentro de la ley, mientras que ahora quedan totalmente desprotegidos a la hora de negociar.