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Sociedad

La Cámara Nacional ratificó ante el Gobierno porteño el derecho de los detenidos a ser alimentados en las comisarías

La Cámara Nacional en lo Criminal ratificó la orden de garantizar el derecho a la alimentación, atención médica y salud de los detenidos en las alcaidías y comisarías de la Ciudad de Buenos Aires (CABA). Además, dispuso que "en el menor tiempo posible" se proceda a su traslado a dependencias del Servicio Penitenciario Federal (SPF).

La decisión de la Cámara llegó en el marco del "habeas corpus colectivo" que se presentó hace unas semanas, en la cual consideró un agravamiento de las condiciones en que cumplen su detención 1.405 imputados, procesados y hasta condenados, la mayoría de ellos por delitos ajenos a la competencia penal local.

El cotitular de la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación, Leandro Destéfano, explicó que el estado nacional no le provee los cupos de ingreso necesarios a las dependencias del SPF. Además, afirmó que las autoridades locales incumplen con los derechos vinculados a la salud y la alimentación de sus detenidos.

El denunciante, que inició el habeas corpus colectivos buscando que se vacíen esos lugares irregulares de detención de personas, pidió alimentación adecuada y atención de salud para los presos, porque "la permanencia prolongada" en lugares donde debería ser transitoria "no deja de incrementarse" y "no se vislumbra una solución".

En un relevamiento, que figuró como prueba en la causa, se comprobó que ninguna de las dependencias visitadas había sido diseñada para tener detenidos por períodos largos de tiempo y que todas ellas estaban funcionando "muy por encima de su capacidad de alojamiento". Además, carecen de luz y ventilación natural, hay hacinamiento y no tienen los circuitos cerrados de video para evitar la violencia institucional.

También se registraron casos de internos con sarna y tuberculosis y baños con agua fría. Todo esto llevó a que el juez de primera instancia concediera las medidas relacionadas a la alimentación y la salud, aunque sin incluir al Servicio Penal Federal como sujeto pasivo de la causa, lo que fue revocado por la Cámara.

Los camaristas Julio Lucini, Ignacio Rodríguez Varela y Hernán López, consideraron probadas las "falencias e irregularidades en el alojamiento de las personas detenidas en comisarías y alcaidías de la Ciudad" para los detenidos que "no ingresan al ámbito del Servicio Penitenciario Federal en tiempo oportuno".

De acuerdo a los camaristas, "no cabe duda que las deficiencias en torno a la atención médica, la alimentación y la salud general, por su entidad y naturaleza, configura un agravamiento de las condiciones en que se cumple la privación de la libertad". En ese sentido, remarcaron "el incumplimiento por el Servicio Penal Federal de los deberes que le incumben", ya que debería haber recibido de forma inmediata a los detenidos en las cárceles con las que cuenta.

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