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Sociedad

Simplificaron el trámite de Protección de la Vivienda: cómo inscribirse

Registro de la Propiedad de B.A. - Protección de la Vivienda

La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad bonaerense simplificó y modernizó su servicio de adhesión gratuita al régimen de Protección de la Vivienda, antes llamado Bien de Familia. Con esta modificación, los interesados sólo necesitarán dirigirse al organismo para hacer el trámite.

El régimen de Protección de la Vivienda sirve para proteger una propiedad de una ejecución judicial por deudas contraídas después de la inscripción. De esta forma, quienes registren su casa estarán protegidos frente a posibles embargos en caso de endeudarse.

Esta semana, la Dirección Provincial del Registro modificó el trámite necesario para inscribirse y, desde el lunes 24 de julio, se podrá hacer simplemente acudiendo a la sede del organismo o a cualquiera de sus delegaciones. Para ello, habrá que llevar:

  • Título de propiedad del inmueble a afectar
  • DNI del propietario y de los beneficiarios
  • Constancia de CUIT, CUIL o CDI
  • Documento que acredite el vínculo entre el titular y los beneficiarios
  • Poderes para afectar, en caso de que existan.

Después, el trámite se podrá completar online a través de un código QR que permitirá descargar el acta final de afectación de la vivienda. Además, la Dirección habilitó una línea de consultas por WhatsApp a través del número 221 3196882 y puso a disposición la información sobre el régimen en su página web, rpba.gob.ar.

Según la web oficial, el régimen de Protección de la Vivienda resguarda las casas de los inscriptos “evitando que los acreedores se cobren las deudas con la venta” de las mismas. Además, desde el gobierno bonaerense aclaran que el programa funciona exclusivamente frente a las deudas que se contraigan después de haber inscripto el inmueble en el registro: “Las deudas anteriores a la fecha de inscripción no están alcanzadas por la protección”.

Cabe destacar, asimismo, que el régimen no protege a la vivienda frente a deudas “propias del inmueble”, tales como las relacionadas con las expensas, impuestos, construcción y refacciones o hipotecas.

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