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Política

El Tribunal Electoral porteño autorizó la candidatura de Jorge Macri

Jorge Macri

El Tribunal Electoral de la Ciudad de Buenos Aires resolvió que Jorge Macri cumple los requisitos para ser precandidato a Jefe de Gobierno porteño por Juntos por el Cambio, con lo cual lo habilitó a competir por el cargo. El primo del expresidente había sido impugnado por dirigentes de la UCR y del Partido Obrero en las últimas semanas, por no cumplir con el requisito de haber nacido o haber residido por cinco años en CABA en lo previo a los comicios.

Este lunes el Tribunal Electoral de la Ciudad de Buenos Aires habilitó la precandidatura de Jorge Macri en Capital Federal. La misma había sido impugnada a través de presentaciones hechas por Nito Artaza, de la UCR, y Vanina Biasi, del Patido Obrero-MST, apuntando al artículo 97 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.

Según el artículo, “para ser elegido se requiere ser argentino, nativo o por opción; tener treinta años de edad cumplidos a la fecha de la elección; (y) ser nativo de la Ciudad o poseer una residencia habitual y permanente en ella no inferior a los cinco años anteriores a la fecha de elección”, requisitos que Macri incumple en buena parte por ser nativo de la provincia de Buenos Aires y por no haber residido en la Capital en los últimos cinco años.

Al momento de hacer su presentación, Biasi argumentó que el precandidato no cumplía "las exigencias contempladas en la norma constitucional en la medida en que nació en la ciudad de Tandil" y señaló que "fue electo intendente de Vicente López, en 2011, 2015 y 2019, cuando manifestó dar cumplimiento con el requisito de residencia de un año en el distrito".

Sin embargo, el Tribunal Electoral porteño, integrado por los jueces Roberto Requejo, Romina Tesone y Rodolfo Ariza Clerici, omitió el requisito de haber vivido en CABA en los cinco años inmediatamente anteriores a los comicios y lo habilitó argumentando que residió en la Ciudad hasta hace 17 años.

"La pretensión de la parte actora de exigir a los candidatos a Jefe de Gobierno que acrediten una residencia de cinco años 'inmediata' a la elección, implica una lectura que se aparta de la clara letra de la Constitución local que, en su artículo 97, exige específicamente la demostración de una residencia en la Ciudad caracterizada como 'habitual' y 'permanente", escribieron los magistrados en su resolución.

En este sentido, se apoyaron en las constancias presentadas por los abogados de Jorge Macri que dan cuenta de que el exintendente de Vicente López “ejerció su derecho a sufragar en la Ciudad” entre 1987 y 1999. Asimismo, indicaron que tuvo dos domicilios en Capital entre el 6 de octubre de 1981 y el 7 de abril de 2006.

Con estos argumentos, concluyeron que "se colige que el requerimiento constitucional de que los candidatos/as a Jefe/a de Gobierno acrediten una residencia "habitual" y "permanente" en la Ciudad que no resulte inferior a cinco (5) años, se encuentra acreditado y cumplido en el caso concreto".

Si los dirigentes de la UCR y el Frente de Izquierda que presentaron la impugnación quisieran, podrían apelar esta decisión ante el Tribunal Superior de Justicia porteño.

Con información de Télam.

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