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Economía

Hasta cuándo se puede cobrar el aguinaldo y cómo calcular el monto

Persona mostrando plata - Aguinaldo

Este viernes es la última jornada laboral de junio, con lo cual también es el último día que los empleadores tienen para pagar el aguinaldo. Aquellos que no lo hagan deberán afrontar las consecuencias que dispone la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).

El aguinaldo o Sueldo Anual Complementario (SAC) está dirigido a los trabajadores registrados, en relación de dependencia, del sector privado y público, así como también a los jubilados y pensionados. Se paga en dos partes, una en junio y la otra en diciembre, y cada monto corresponde a la mitad de la mayor remuneración mensual que haya recibido el empleado en el semestre en cuestión.

Según la LCT, la fecha límite que tienen los empleadores para pagar el SAC es el 30 de junio, mientras que en la segunda mitad del año esa fecha se corresponde con el 18 de diciembre. De este modo, el aguinaldo se puede cobrar hasta este mismo viernes.

Para calcular el monto se debe buscar, entre los recibos de sueldo de este semestre, el correspondiente al mes de mayor remuneración y dividir esa suma por dos. Ahora bien, al resultado hay que restarle las cargas sociales, que normalmente son un 11% de jubilación, un 3% del PAMI, otro 3% de la obra social y el porcentaje destinado al sindicato.

Es importante tener en cuenta que si el salario de junio es mayor que aquel tomado en cuenta para el SAC, en julio el empleador deberá abonar la diferencia correspondiente. Además, el monto del SAC siempre se debe efectuar en los dos pagos mencionados de junio y diciembre salvo que se trabaje para una PyME. Las Pequeñas y Medianas empresas, siempre y cuando lo expliciten en los convenios colectivos, pueden abonar el Salario Anual Complementario en tres cuotas en lugar de en dos.

Otra cosa a tener en cuenta es que para calcular el monto se excluye cualquier rubro no remuneratorio, como los beneficios que ofrezca el  lugar de empleo, las gratificaciones entregadas por única vez o las vinculadas a la extinción del contrato. Por otra parte, las remuneraciones en especie, las horas extras, las comisiones y otras remuneraciones variables sí deben tenerse en cuenta al momento de establecer cuál fue el mes de mayor remuneración del semestre.

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