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Economía

Las prepagas deberán limitar los aumentos a la inflación y devolver lo que cobraron de más

Prepagas

El juez en lo civil y comercial federal Juan Rafael Stinco le ordenó hoy a las prepagas que “retrotraigan el monto de los valores a las cuotas vigentes al mes de diciembre de 2023″ y que actualicen los valores “de conformidad con el Índice de Precios al Consumidor que elabora mensualmente el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos”.

De esta manera, dictó una medida cautelar tras el amparo que inició el Gobierno mediante la Superintendencia de Servicios de Salud. En tanto, ante el pedido de que las empresas devuelvan el excedente cobrado, el juez Stinco dispuso que los afiliados tendrán “un crédito a favor de cada uno de ellos”.

Además, se estableció “fijar el plazo de cinco días para que cada Agente del Sistema de Salud demandado presente un plan de acción para efectivizar la restitución dineraria que en el punto anterior se ordena, bajo apercibimiento de tomar las medidas necesarias tendientes a lograr su cumplimiento”.

Dice Stinco que “no resulta necesaria ninguna presentación judicial en esta causa, de modo tal que los particulares deberán canalizar sus reclamos y/o denuncias de incumplimiento del modo informado por la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación siendo este canal la vía más idónea”. De esta manera, la Superintendencia de Servicios de Salud logró imponerse a las prepagas, aunque se descuenta que la decisión será apelada.

El juez señaló en su fallo que los incrementos de las prepagas fueron “resueltos unilateralmente”. Las compañías se presentaron en la causa y justificaron los aumentos. Explicaron que el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/23 de desregulación de la economía le permita esos incrementos y que están en el valor de los costos que tienen.

“El DNU 70/23 no dispuso incremento alguno y que las modificaciones sobre las competencias del contralor, que fueron dispuestas mediante el mismo, tampoco presuponen incrementos automáticos, siendo éstos actos particulares y unilaterales de los Agentes del Sistema de Salud. En consecuencia, respecto de los mismos, corresponde su contraste al amparo de la totalidad del ordenamiento jurídico vigente”, afirmó el juez sobre ese tema.

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