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Cultura & Espectáculos

Thelma Fardin apelará la absolución de Juan Darthés: "Esto no termina acá"

thelma fardin

El abogado de Juan Darthés, Fernando Burlando, explicó este sábado que el Poder Judicial de San Pablo absolvió al actor del delito de violación con acceso carnal por el que lo denunció Thelma Fardin en 2018. Desde Actrices Argentinas, Amnistía Internacional y la Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito anunciaron una conferencia de prensa junto a la denunciante esta tarde.

El juez federal de San Pablo Fernando Toledo Carneiro, en un fallo de 58 páginas, sostuvo que el abuso existió -en referencia al sexo oral y a la introducción de los dedos del hombre de 45 años a la adolescente de 16-, pero que “la versión de la víctima no fue coherente en lo que respecta a la relación carnal”.

Como no se acreditó la penetración, Juan Darthés fue absuelto ya que tomaron el tipo penal a como estaba redactado al momento de los hechos: hasta 2009, año en el que sucedió el delito, se consideraba “violación agravada” cuando había acceso carnal (penetración con el pene), que es lo que según el juez no se probó. 

"Creo que el cambio que hicimos, del cual mi caso es un ejemplo más, es una batalla que ganamos y es un espacio que conquistamos", afirmó Thelma Fardin y pidió: "Por supuesto que la justicia va a ser el último bastión de un sistema históricamente violento y patriarcal. Les quiero pedir a todas esas personas que se atrevieron a romper el silencio, a hablar después de 2018 que no sientan que esto los adoctrina. No me adoctrinan a mí, por favor que no las adoctrinen a ustedes. La Justicia se va a ver inundada de denuncias. En Brasil solamente el 1% de las denuncias de abuso obtienen una condena".

"Si no logran adoctrinarme a mí, por favor que este no vuelva a ser un mensaje para volver a silenciarnos", exigió la actriz y recordó: "El propio fallo dice que está probado gran parte del abuso sexual, pero como ocurrió en el 2009 está prescripto. Hay que elegir en qué momento a una la abusan".

"¿Qué les están pidiendo a las infancias? ¿Que se filmen cuando son abusadas?", preguntó Thelma Fardin antes de quebrarse. Las mujeres detrás y su abogado la consolaron y continuó: "Mi verdad es la verdad y eso no lo cambia lo que diga este fallo".

"Como no pudo decir que mentía, tuvo que decir que no alcanzaba", consideró la actriz y apuntó: "Lo que no alcanza es la Justicia, no está a la altura de lo que le está pidiendo a la sociedad".

El análisis legal con perspectiva de género del fallo

"La Justicia misma sostiene que los hechos sí ocurrieron", enfatizaron desde Amnistía Internacional en la conferencia de prensa y puntualizaron: "Si los hechos estuvieran pasando hoy o si el caso estuviera sucediendo en Argentina, Darthés hubiera sido condenado".

"Acá no está la palabra 'inocencia'. Esta es una decisión de primera instancia que todavía se puede apelar a una segunda y tercera instancia", recordó la abogada Carla Junqueira y puntualizó: "Es una decisión que fue muy clara para interpretar los hechos y las pruebas afirmar que sí hubo actos de violencia sexual. Si hubiera pasado después de 2010 la ley sería otra, estamos ante un tecnicismo legal".

"Vamos a apelar y estamos optimistas", adelantó la abogada y agregó: "Esta es una etapa de un proceso que sigue y no está ni de lejos terminado".

"En Argentina desde el año 1999 el abuso sexual por una vía distinta al acceso carnal (la introducción del pene) y posteriormente en la ley brasileña se consideró abuso sexual gravamente ultrajante para la víctima, lo que nosotros conocemos como violación: la introducción de cualquier objeto en el cuerpo de la víctima o de cualquier otra parte del cuerpo del victimario", explicó el abogado Martín.

"El juez da por probadas las situaciones de abuso denunciadas por Thelma, señala expresamente que el relato de Thelma está corroborado", explicó el abogado e insistieron: "Pero hay un detalle que cuando no analizamos los hechos con perspectiva de género lo obviamos y es que la víctima como mecanismo de defensa muchas veces no recuerda parte del suceso".

"No podemos exigirles a las víctimas que denuncien inmediatamente este tipo de hechos", sostuvo el abogado de Thelma Fardin.

La absolución y la prescripción del abuso

“Se concluye que para configurar el delito de violación previsto en el art. 213, según la redacción dada por el Código Penal en mayo de 2009, es imprescindible la ocurrencia del acceso carnal, no siendo los demás actos suficientes para la tipificación del delito. Debido a la menor penalidad, en el momento de los hechos, cualquier acto libidinoso distinto del acceso carnal hubiera prescrito.”, detalló en el fallo Toledo Carneiro.

"Tras el análisis de todas las pruebas unidas en los autos, entiendo que no fue posible probar, con la necesaria seguridad apta para generar una sentencia condenatoria, la ocurrencia del acceso carnal", concluyó el juez.

En otro párrafo, el magistrado sostiene que “la versión de la víctima, sin embargo, no fue coherente en lo que respecta a la relación carnal, ya que durante más de nueve años este hecho fue omitido de los escasos relatos que dio a personas de su confianza”.

Si sos víctima o conocés a alguien que sufra violencia sexual llamá al 137. Podés comunicarte de manera gratuita las 24 horas, los 365 días. También podés contactarte por WhatsApp al 11 3133-1000.