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Política

La Justicia rechazó la cautelar para frenar la designación de la candidata radical en el Consejo de la Magistratura

El juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Martín Cormick, rechazó hoy una medida cautelar solicitada por el jefe del bloque de Diputados del Frente de Todos (FdT), Germán Martínez, para suspender la designación de la diputada radical Roxana Reyes en el nuevo Consejo de la Magistratura. Ahora Cormick tendrá cinco días para resolver sobre el amparo.

Con este fallo -que es apelable-, el Poder Judicial comienza a despejar el camino para que la diputada Reyes pueda finalmente jurar en el Consejo de la Magistratura.

|El juez Cormik analizó que la designación de Reyes "'en apariencia' (dado el estrecho marco de conocimiento que permite una resolución cautelar) respeta la disposición legal vigente (ley 24.937 art. 2do, inciso 3ero) en cumplimiento de la sentencia del 16/12/21 y la situación existente pues la U.C.R. constituye "al día de la fecha- la 'segunda minoría' en cantidad de diputados".

El recorrido de la medida

Hace una semana, el magistrado había rechazado una pre cautelar y solicitó informes a la Cámara de Diputados, a cargo de Sergio Massa. Esa respuesta llegó al juzgado recién el viernes pasado. Los abogados de la Cámara baja pidieron que se rechace la cautelar argumentado que “involucra una cuestión que no es susceptible de ser abordada en sede judicial por pertenecer a la “zona de reserva legislativa”.

“Acceder a la medida cautelar peticionada en autos contrariando una resolución cuyo antecedente de derecho no ofrece prima facie dificultades en su interpretación, lesionaría de modo irreparable el interés público comprometido”, agregaron.

Cormick rechazó hoy la cautelar por cuestiones formales. “No puede tenerse por acreditada la “verosimilitud del derecho” del amparista para otorgar la medida cautelar de suspensión solicitada”. Y agregó: “Que la falta de acreditación de la “verosimilitud del derecho exime de analizar el peligro en la demora pues la sola ausencia de uno de los requisitos es suficiente para impedir su procedencia”.

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