El Gobierno envió al Congreso un proyecto de ley que crea un Sistema Nacional de Cuidados y amplía el régimen de licencias por maternidad y paternidad, que pasarán a denominarse “personas gestantes” y “no gestantes”.
A cuánto se extienden las licencias
La iniciativa oficial busca extender licencias para “personas no gestantes”, independientemente de su género,de 2 a 15 días en una primera etapa y establecer un aumento gradual cada dos años hasta llevarla a 90 días. Otro gran cambio es que será obligatoria.
Por su parte, para las madres o “personas gestantes”, el beneficio pasaría de 90 a 126 días, con lo que se cumple la recomendación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La inversión correrá por cuenta de la seguridad social y no implicará un aumento de costos para los empleadores. Además, se incluyen los meses de licencia por gestación en el cálculo previsional como meses aportados.
Nuevas licencias y ampliaciones
Las licencias se amplían a empleadas de casas particulares, monotributistas y autónomos, para quienes se prevé un pago equivalente al salario mínimo vital y móvil y se adecua con las mismas reglas al trabajo agrario y al de la administración pública.
Además, se crearán licencias para adoptantes, para futuros adoptantes, para situaciones de fertilización asistida, por violencia de género (hasta 20 días por año) y para cuidado por enfermedad de persona a cargo, conviviente o cónyuge (actualmente es de 2 días, a un máximo de 20 días por año).
Este proyecto, además, amplía las licencias por fallecimiento de cónyuge o conviviente (estos últimos se agregan) y por hijo, que pasan de 3 a 5 días, y por fallecimiento de hermano, que pasa de 1 a 3 días.