Se resolvió el juicio que llevaba más de dieciocho años: la Corte Suprema estipuló que Sandra Junior no es hija de Sandro y se probó, como él mismo lo sostenía, que Sandro no tiene hijos.
Sandra Junior, cuyo apellido de nacimiento es Borda, pero lo cambió por el de su madre, Marta Junior, después de un largo juicio, se resolvió que no es hija de Roberto Sánchez. Sandro se había realizado una prueba de ADN mientras vivía que había dado negativo y después se realizó una prueba con una nueva muestra, que mostró con un 99,9% de probabilidad que no se trataba del padre de Sandra, según informó el abogado de Olga Garaventa, su viuda.
Sandra acudió a Sandro por primera vez en el año 2006, y Sandro resuelve ofrecerse a pagar el estudio genético que la supuesta hija se realizó en 2007, que dio negativo. Tras su fallecimiento, en 2010, Olga Garaventa recibió una notificación que decía que no podía cremar su cuerpo, hasta que en 2015 se exhuman sus restos para volver a analizar. Ahora, en 2024, la Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires dictó sentencia definitiva: Sandra no es la hija de Sandro.
Olga, por su parte, declaró respecto de la sentencia: "Estoy en paz, porque siempre procedí correctamente y, sobre todo, porque sé que mi marido ahora puede descansar en paz".
En la sentencia, de 8 páginas, los miembros del jurado establecieron que "se incurre en un absurdo jurídico" por la falta de fundamentos de la "actora" para reclamar por su paternidad. En la sentencia está la explicación de los testimonios de Sandra y la reconstrucción de los hechos, según su versión:
"La señora S. E. B. (Sandra Edith Borda) interpuso acción de impugnación de filiación con respecto al señor C. E. B. (Carlos Enrique Borda) y, en el mismo acto, acción de reconocimiento de filiación contra el señor R. S. (Roberto Sánchez)", se lee para explicar el curso de la sentencia.
Y explica: "En la demanda articulada expresó que en el año 1965 su madre M. B.J. (Marta Borda) conoció a R. S., conocido popularmente como "S." (Sandro), y juntos comenzaron una relación oculta que duró varios años, pese a la rotunda negativa de la familia materna. Tiempo después, M. B. conoció a C. E. B. con quien formalizó una relación y finalmente contrajo matrimonio. Sin embargo, los encuentros con el cantante popular se siguieron realizando".
"En dicho contexto -aquí brevemente reseñado- la actora expresó que el día 7 de junio de 1968 nació su media hermana, A. A. B., y que, tres meses después, su madre M. B. quedó nuevamente embarazada, lo que condujo a que la relación con su pareja comenzara a deteriorarse".
"Los fundamentos de la resolución recurrida (el fallo de primera instancia) se cimentaron en la valoración de la prueba pericial, de los resultados arrojados por la prueba genética de ADN que se efectuara con los restos cadavéricos del accionado y la muestra de sangre de la actora, como así también en la prueba testimonial. En virtud de ellos, el a quo consideró la ausencia del vínculo padre/hija pretendido por S. E. J. (antes B.) entre ella y quien en vida fuera R. S.", termina el documento al que pudo acceder Clarín.