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Política

AFIP anunció nuevas restricciones para comprar dólares

AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recortó un 25% el monto autorizado para la compra de dólares según el sistema de Capacidad Económica Financiera(CEF), que determina esa capacidad según sus declaraciones juradas y montos de facturación.

“El objetivo de este índice es verificar que las operaciones realizadas por los contribuyentes se ajusten a la capacidad económica financiera determinada por el organismo", precisaron desde AFIP, aunque en la práctica se trata de la vara que indica cuántos pesos puede destinar cada firma a la compra de dólares para importar a través del Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA).

El objetivo de este índice es verificar que las operaciones realizadas por los contribuyentes se ajusten a la capacidad económica financiera determinada por el organismo

Según denunciaron diferentes empresas que realizan importaciones con frecuencia mensual, el sistema del CEF -que se calcula el día 26 de cada mes- comenzó a autorizar montos mucho menores para sus compras en el exterior y la restricción es mayor al 25% que informó la AFIP.

El objetivo, por supuesto, es reducir la cantidad de dólares que se van todos los meses para pagar las compras en el exterior y así evitar una mayor caída de las reservas, que en este momento están en el nivel más bajo de los últimos 17 años.

Al mismo tiempo, la AFIP busca acelerar la liquidación de divisas -hay cerca de USD 3.000 millones pendientes de liquidación-, restringiendo el beneficio de devolución de IVA a los exportadores que no realicen el trámite de ingreso de dólares.

Frente a los reclamos de sectores empresariales que podrían ver afectada su actividad por la reducción de importaciones, la AFIP recordó que existe un proceso de apelaciones que abre la puerta a excepcionalidades.

“La fórmula y los parámetros considerados al momento de la valoración mensual de CEF podrán recalcularse en función de la disponibilidad de datos originados en declaraciones faltantes o rectificativas realizadas por el propio contribuyente. Para ello, el contribuyente y/o responsable podrá solicitar su reproceso, previa presentación de las declaraciones juradas originales y/o rectificativas, a fin de que éstas sean consideradas en el nuevo cálculo”, informaron desde el organismo.

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