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Política

Otro fallo frenó la entrega de tierras a mapuches en Mendoza

Eduardo Ariel Puigdengolas, juez federal de San Rafael, dio lugar a la medida cautelar que presentó la empresa Sominar Sociedad Minera Argentina S.A y obligó al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) a suspender la resolución que dictó el 19 de enero de este año, que buscaba transferirle tierras a un grupo mapuche en el sur de Mendoza.

La empresa presentó una demanda pidiendo la nulidad del acto administrativo a través del cual el INAI transfirió poco más de 21 mil hectáreas a la comunidad Lof El Sosneado, en San Rafael, Mendoza. Según la empresa, ellos son los dueños de esas tierras desde 1942. Además, la demanda planteó que la resolución se dictó sin observar los procedimientos normativos previstos, afectando derechos constitucionales, sin intervención del propietario de los terrenos y sin respetar las facultados reconocidas por la Constitución Nacional a las provincias.

La empresa argumentó que el INAI hizo caso omiso a un juicio de reivindicación impulsado por Sominar que tramita en la justicia provincial, que aún tiene que resolver la Suprema Corte de Mendoza pero tiene sentencias favorables en primera y segunda instancia. Además, Sominar planteó que los beneficiarios del reconocimiento son puesteros que alquilan en el terreno que reclaman y negó la existencia de la comunidad mapuche.

Puigdengolas, el juez, afirmó que hay "suficientes indicios" para afirmar que el INAI actuó con "aparente ligereza en las tareas desempeñadas por la demandada en el marco del Programa de Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas". Además, argumentó que esto pone en juego derechos constitucionales, como el derecho a la propiedad y el debido proceso, por lo que es necesario "resguardarlos y garantizar su debida defensa". Para el juez, "la Resolución rebatida confiere importantes derechos a la Comunidad Lof El Sosneado, sobre una significativa porción de territorio de propiedad de la demandante y, por ende, potenciales perjuicios en el derecho del titular registral".

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