La justicia de La Pampa determinó que Magdalena Espósito Valenti y su novia, Abigaíl Páez son las asesinas de Lucio Dupuy y las declaró culpables de los delitos de homicidio agravado, con tres agravantes- alevosía, ensañamiento y vínculo- en el caso de la madre, y con dos, en el caso de Páez.
Ésta última, además, fue declarada culpable también del delito de abuso sexual gravemente ultrajante, del que fue absuelta Espósito Valenti.
El veredicto fue leído algunos minutos después de las 12, sin la presencia de las acusadas, que decidieron seguir la lectura del fallo desde la cárcel en la que están alojadas en San Luis. Apenas escucharon la sentencia, se pararon y se fueron de la sala donde estaban ubicadas.
Los jueces Alejandra Ongaro, Andrés Olié y Daniel Sáez comunicaron que las penas por asesinato de Dupuy se conocerá en otra audiencia, el 13 de febrero, aunque ya adelantaron que se tratará de prisión perpetua que es lo que corresponde al homicidio agravado.
Según el Código Penal, la cadena perpetua tiene en Argentina un máximo de 35 años de encierro, que puede derivar en libertad condicional si se cumplen una serie de requisitos. La reforma Blumberg de 2004, sin embargo, expuso una lista de delitos que son inelegibles para la morigeración de la pena. Entre ellos, los homicidios agravados, que son los que fueron confirmados en el caso del pequeño Lucio.