A través de un decreto de necesidad y urgencia, el gobierno nacional extendió la medida que prohíbe los despidos y suspensiones hasta el próximo 31 de diciembre. Es debido a la emergencia sanitaria producida por el coronavirus.
Así, en el DNU 413/2021 señalaron que "los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto no producirán efecto alguno y se mantendrán vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales".
Señalaron que "los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto no producirán efecto alguno".
Para argumentar la decisión, en la norma explicaron que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) alude a la necesidad de que, en el contexto de la pandemia, "los gobiernos implementen medidas dirigidas a paliar los efectos nocivos en el mundo del trabajo, en particular en lo referido a la conservación de los puestos de labor".
Sin embargo, también aclararon que “quedan exceptuados y/o exceptuadas de tales prohibiciones, quienes se encuentren comprendidos y/o comprendidas en el régimen legal de trabajo para el personal de la industria de la construcción regulado por la Ley 22.250”.