No pasaron 24 horas desde que Javier Milei haya firmado el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23 que ya se presentó la primera judicialización. Asimismo, distintos dirigentes del círculo político y abogados constitucionalistas se sumaron a repudiar el DNU que calificaron de "inconstitucional".
La Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad inició la acción judicial y por ahora es la primera de las presentaciones -aunque se prevé que haya varias más-. El pedido de amparo se hizo ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal y recayó en el juzgado N°2 del magistrado Esteban Furnari, constituyendo el expediente número 48013/2023.
Según informó El Cronista, el amparo fue acompañado por los sindicalistas Claudio Lozano, de la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA), y Hugo "Cachorro" Godoy, de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE).
Ahora bien, desde el juzgado pidieron acompañar los argumentos del amparo junto con la eventual documentación que podría ir con la presentación. El objetivo del recurso es declarar la inconstitucionalidad del DNU, en virtud de la gran cantidad de derogaciones que plantea en temas tales como reformas laborales, y la derogación de la ley de alquileres o del código aduanero.
Tras la publicación de este mega DNU, dirigentes sindicales de la CGT y de la CTA se reunieron en el Congreso con los bloques de Unión por la Patria (UXP) de la Cámara de Diputados y del Senado para definir las acciones a seguir.
¿Existe la posibilidad de que el enorme paquete de medidas pueda ser rechazado por ambas cámaras? El DNU es una herramienta prevista en la Constitución Nacional que le permite al máximo mandatario legislar en situaciones excepcionales, aunque su utilización no está permitida en materia penal, tributaria, electoral o de régimen de los partidos políticos.
El Congreso puede rechazar un DNU con el voto mayoritario en cada una de las cámaras. Sin embargo, si solamente una de ellas lo aprueba, el decreto es válido, al igual que si no es tratado por alguna de las dos. Mientras tanto, antes de que se trate, el DNU ya tiene vigencia inmediata.