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Sociedad

Nacha Guevara recibirá un subsidio de 12 millones de pesos por su exilio en los 70

Nacha Guevara

La cantante Clotilde Acosta, conocida como Nacha Guevara, recibirá un subsidio millonario por parte del Estado. Guevara se vio obligada a exiliarse del país en el año 1974, durante el gobierno de Isabel Perón. Hoy el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dispuso otorgarle la indemnización solicitada por ella la semana pasada.

Luego de estar 2.856 exiliada entre el 3 de enero de 1976 hasta el 28 de octubre de 1983, la actriz recibirá una suma de más de 11 millones de pesos. 

El subsidio se da en el marco la resolución 670-E/2016, que establece el beneficio a las personas que sufrieron un "exilio forzado" durante la última dictadura militar. Si bien Guevara se exilió antes del comienzo del golpe, no pudo volver hasta la restauración de la democracia y es por eso que entra en el marco del subsidio.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos decidió indemnizar a Guevara mediante la Resolucion  N° 75/2022, en cuyo primer articulo se lee: "Otórgase a Da. Clotilde ACOSTA (D.N.I. N° 3.944.825) el beneficio previsto por la Ley N° 24.043 y sus modificatorias, reglamentada por el Decreto N° 1023 del 24 de junio de 1992 y su modificatorio, correspondiente a DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS (2856) días indemnizables, por el período comprendido entre el 3 de enero de 1976 y el 28 de octubre de 1983".

Leé también: Nacha Guevara le reclama al Estado una reparación histórica por su exilio en los ’70: ¿cuánto pide?

A su vez, el segundo articulo de la Resolución establece la suma a otorgar. "La suma de ONCE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 11.466.268,80) se hará efectiva de acuerdo con lo establecido en los artículos 7°, 8° y 9° de la Ley 24.043 y estará sujeta a las prescripciones de la Ley 23.982".

Así, luego de estar 2.856 exiliada entre el 3 de enero de 1976 hasta el 28 de octubre de 1983, la actriz recibirá una suma de más de 11 millones de pesos. 

 

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