El juzgado Contencioso Administrativo Federal 5 rechazó la medida cautelar presentada por Carlos Tevez para no pagar el Aporte Solidario y Extraordinario implementado para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia.
En la cautelar presentada por los abogados del jugador y rechazada por la Justicia, Carlos Tevez había argumentado que el cobro del impuesto es "confiscatorio", dado que el aporte que debe realizar representa una incidencia del 200,40% de sus rendimientos percibidos del año 2020.
El Tribunal entendió que el Aporte Solidario representa la recaudación de recursos tendiente a la satisfacción de las necesidades públicas en particular en el contexto de crisis sanitaria y económica actual.
En una acción declarativa de certeza contra el Estado Nacional y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), pidió la declaración de inconstitucionalidad y/o inaplicabilidad de la Ley 27.605. Y también una cautelar para que no se le cobre.
Entre sus fundamentos, el Tribunal entendió que el Aporte Solidario representa la recaudación de recursos tendiente a la satisfacción de las necesidades públicas en particular en el contexto de crisis sanitaria y económica actual.