Un juzgado civil de Bariloche falló contra el Banco Patagonia y lo condenó por no garantizar la seguridad de una clienta que sufrió una estafa virtual que le vació la cuenta. La mujer fue víctima de una maniobra fraudulenta en la que le vaciaron su caja de ahorro, le sacaron un préstamo a su nombre y transfirieron el dinero a cuentas desconocidas. El caso sentó un precedente importante sobre la responsabilidad de las entidades bancarias en la protección de sus clientes.
El fallo fue emitido por el juez Cristian Tau Anzoátegui, del Juzgado Civil N° 5. El magistrado concluyó que el Banco Patagonia "no implementó todas las medidas de seguridad necesarias" para proteger a la clienta. Además, subrayó que la entidad no cumplió con su obligación de velar por la integridad de las cuentas de sus usuarios.
La historia comenzó en enero de 2021, cuando la mujer decidió vender un sillón a través de Facebook Marketplace. Allí la contactó un hombre que se presentó como Luis y le pidió el CBU para realizarle una transferencia. Pero, al día siguiente, Luis la llamó para decirle que la transferencia no había sido acreditada debido a un "problema" que ella debía resolver en un cajero.
Tras guiarla en un paso a paso falso, el estafador logró obtener una clave token y un código de seguridad, lo que le permitió apoderarse de la cuenta. Al percatarse de la estafa, la mujer intentó frenar las operaciones y llamó al banco, pero durante esa llamada comenzaron a llegarle alertas sobre transferencias no autorizadas.

Primero, le vaciaron los $59 mil que tenía en su caja de ahorro, y luego, sin su conocimiento, solicitaron un préstamo de $249 mil, el cual fue aprobado de inmediato. El dinero fue transferido a dos personas, Maximiliano G. y Néstor C., cuyos datos resultaron ser completamente desconocidos para la víctima.
La mujer presentó la denuncia ante la Policía y se acercó a la sucursal de su banco, donde le indicaron que tendría que hacerse cargo del préstamo, ya que había entregado sus claves a los estafadores. La entidad se amparó en la normativa que asegura que las claves son "personales, únicas e intransferibles".
Sin embargo, el juez Tau Anzoátegui consideró que el banco falló en su deber de proteger a la clienta, al permitir la aprobación de un crédito instantáneo y las transferencias rápidas sin verificar la autenticidad de las operaciones. "No resulta seguro para cualquier cliente que, ante estas operatorias sospechosas, no exista un sistema de protección", señaló el fallo, sugiriendo medidas como la verificación de la autenticidad de las transferencias o la implementación de alertas y avisos de seguridad.

A pesar de que el banco intentó defenderse, argumentando que contaba con medidas de seguridad, el juez dictaminó que estas no eran suficientes. Además, remarcó que la certificación ISO 27001, que el banco alegaba tener, estaba desactualizada, dado que fue emitida en 2013, mucho antes de la explosión de estafas virtuales a raíz de la pandemia y el crecimiento de las billeteras digitales.
El juez también destacó que, si bien la mujer fue engañada, la estafa pudo concretarse gracias a las fallas en el sistema de seguridad bancaria, lo que hizo que las operaciones sospechosas no fueran detectadas a tiempo. Como resultado de esta condena, el banco deberá devolver el dinero robado a la clienta, ajustado a la fecha de la sentencia, además de indemnizarla por daño moral.
También se ordenó eliminar su nombre del registro de deudores del Banco Central, ya que, debido al préstamo fraudulento, había quedado incluida en el listado de morosos. Este fallo abre un debate sobre la responsabilidad de las instituciones financieras frente a los fraudes cibernéticos y pone de manifiesto la necesidad de reforzar las medidas de seguridad para proteger a los usuarios en un contexto de creciente vulnerabilidad digital.