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Política

El Gobierno extendió por un año la suspensión de la pauta oficial

El Gobierno oficializó la extensión por un año más de la suspensión de la pauta oficial y amplía la vigencia del decreto N° 89/23.
Pauta

El Gobierno oficializó la extensión por un año más de la suspensión de la pauta oficial y amplía la vigencia del decreto N° 89/23, que suspendió inicialmente las campañas publicitarias durante 2023. La medida fue reglamentada a través de la resolución 7147/2024 de la Secretaría de Comunicación y Medios, firmada por el vocero presidencial, Manuel Adorni.

Según indican en el documento, la medida responde a la necesidad de "austeridad fiscal y de eficiencia en el uso de los recursos públicos en un contexto económico y social complejo". La emergencia administrativa, económica, financiera y energética declarada por el Congreso de la Nación en 2023 justifica la prolongación de estas políticas de restricción del gasto público.

Hace algunos días, el vocero presidencial había anticipado la decisión y provocó la reacción Milei, que festejó en redes sociales: “MAL DÍA PARA LOS MAMAPAUTAS DE LOS MICRÓFONOS ENSOBRADOS”. La prórroga de la suspensión de la publicidad oficial refleja uno de los principales enfoques de la gestión de Javier Milei en 2024, que es reducir el gasto público.

Desde su llegada a la presidencia, el mandatario implementó medidas drásticas para reducir el déficit fiscal, centrando sus esfuerzos en la eficiencia administrativa y la austeridad. Estas medidas son parte de una estrategia más amplia que también incluye la liberalización económica y la reforma del aparato estatal, como se refleja en la creación de nuevas estructuras de comunicación y control del gasto.

La pauta oficial fue suspendida en diciembre de 2023, cuando el Boletín Oficial informaba que se suspendía por un año "las campañas institucionales de publicidad y de comunicación con carácter oneroso que realice la administración central”. Y la publicación indicaba que la suspensión podía ser prorrogada si la autoridad de aplicación lo consideraba pertinente.

La restricción no alcanza a “los actos de publicidad oficial cuya obligatoriedad surja de la normativa vigente, así como a las campañas que resulten derivadas de casos de fuerza mayor o necesidades comunicacionales puntuales debidamente justificadas que pudieran sobrevenir”.

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