La sanidad de los animales es esencial en las actividades pecuarias, no solo para una cuestión de salud de los consumidores, sino también para evitar la propagación de enfermedades que lleven al cierre de mercados internacionales, siendo las vacunas el mejor método para prevenirlas.
En este sentido, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía autorizó nuevas vacunas para proteger la sanidad porcina y aviar, y "potenciar la producción agropecuaria de la Argentina", indicó la cartera nacional en un comunicado difundido hoy.
Se trata de dos nuevas vacunas contra el Circovirus Porcino tipo 2a y tipo 2b y la enfermedad respiratoria debida a Mycoplasma hyopneumoniae y una tercera que protege a los pollos contra las enfermedades de Marek (MD), la bursitis infecciosa (enfermedad de Gumboro) y la enfermedad de Newcastle (ND).
"Las vacunas dirigidas al sector porcino representan una gran protección para el sector productivo ya que la enfermedad respiratoria por Mycoplasma hyopneumoniae y el circovirus porcino tipo 2 producen retraso en el crecimiento. En el segundo caso, la muerte durante los primeros meses de vida del cerdo", explicaron desde Agricultura.
En cuanto a la vacuna aviar, el desarrollo está basado en herpesvirus (de pavo) genéticamente modificado, que actúa mediante la inoculación de pollos in ovo o al día de edad con el fin de producir una respuesta inmune para las tres enfermedades mencionadas.
Autorización y comercialización de las vacunas
Según detallaron desde la cartera nacional, las autorizaciones respectivas se realizaron a través de la Subsecretaría de Producción Agropecuaria y Forestal, previa intervención de la Coordinación de Innovación y Biotecnología y la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria (Conabia), que determinaron que las modificaciones genéticas desarrolladas no representan riesgos para el agroecosistema.
De esta forma, la cartera agropecuaria nacional "sigue evaluando y autorizando nuevas vacunas, seguras e inocuas, para sanidad animal".
En forma previa a efectivizarse la comercialización de las vacunas, las firmas respectivas deberán atender las normativas establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), organismo descentralizado en la órbita de la cartera agropecuaria nacional para el registro de las mismas.