Esta mañana comenzó el jury de enjuiciamiento a los jueces que participaron del primer juicio por el femicidio de Lucía Pérez, la adolescente de 16 años que fue asesinada el 9 de octubre de 2016 en Mar del Plata. Habían absuelto a los principales acusados del caso, que en un segundo juicio finalmente fueron condenados a perpetua.
Se trata de los magistrados Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas, quienes actualmente se encuentran suspendidos, y contarán con la defensa de Patricia Perelló y Mariana Fardín. Las audiencias serán tres y se desarrollarán en la ciudad de La Plata, en la sede del subsuelo del anexo de la Cámara de Senadores de la Provincia. El tercer juez que formó parte del juicio en 2018, Aldo Carnevale, no participa del debate teniendo en cuenta que se jubiló antes del inicio del proceso.
El jurado está integrado por el titular de la Corte Suprema bonaerense, Daniel Soria, y hay cinco legisladores: las diputadas Maite Alvado y Susana González, y los senadores Ariel Martínez Bordaisco, Gustavo Soos, Gabriela Demaría. Ambos jueces fueron acusados por la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, la Procuración General bonaerense y la Comisión Bicameral de la Legislatura.
Los jueces cuentan con el respaldo de un sector del ámbito judicial que sostiene que el jury es un exceso con sesgos políticos e ideológicos, que pone en riesgo la independencia de la justicia para emitir sus fallos. Para la familia de la víctima, organizaciones feministas, la Procuración General y la Comisión Bicameral de la Legislatura, se trata de un saneamiento de la Justicia.
El juicio por el femicidio de Lucía Pérez
El 9 de octubre de 2016 Juan Pablo Offidani y Matías Gabriel Farías, acusados de narcotráfico, llevaron a Lucía Pérez hasta una casa en Mar del Plata, donde la drogaron y abusaron de ella hasta matarla. Luego, la llevaron sin vida a la sala de salud de Playa Serena.
En noviembre de 2018, el Tribunal Criminal número uno de Mar del Plata condenó a Farías y a Offidani por “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y en inmediaciones de un establecimiento educativo”. Sin embargo, los absolvió por el delito de abuso sexual y ni siquiera contempló la posibilidad del femicidio, mientras que el fallo consideró que “la acusación no pudo probar que hubiera existido” la agresión sexual.
El 12 de agosto de 2020, la Sala Cuarta del Tribunal de Casación Penal bonaerense resolvió anular la sentencia por su falta de perspectiva de género y ordenó “la realización de un nuevo juicio y el dictado de un nuevo fallo”. En este sentido, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) número dos de Mar del Plata condenó el año pasado a la pena de prisión perpetua a Matías Farías, y a ocho años de cárcel a Juan Pablo Offidani por el abuso sexual y femicidio contra Lucía Pérez.