Desde la Asociación del Fútbol Argentino le consultaron a los departamentos jurídicos de la FIFA y CONMEBOL sobre las consecuencias que podrían recibir si se cambia el estatuto para habilitar a las SAD. Desde Suiza le dijeron que una de las sanciones podría ser la desafiliación. Así lo comunicó la AFA en un comunicado titulado "Nuestras selecciones y un serio peligro a la vista".
Si FIFA considera que hay intervención de un tercero o en este caso una "intervención estatal", la sanción más dura sería la desafiliación de la casa madre del fútbol mundial. Quien se encargó de hacer la consulta fue el gerente de legales, Andrés Urich por el DNU 70/2023 que reglamenta la estructura de las SAD en el país.
"Elevó a principio del mes de agosto una consulta jurídica a FIFA y Conmebol a fin de establecer si dicha norma no resultaba violatoria de sus estatutos en relación a la independencia de las federaciones que deben manejar sus asuntos internos sin la injerencia de terceros", dijeron desde AFA. Quien se encargó de responder la consulta fue el director legal y de cumplimiento Emilio García Silvero.
"Entendemos que las federaciones miembros de la FIFA – y en este caso la AFA – deben gozar de la autonomía suficiente para determinar de manera libre y democrática la naturaleza jurídica de los clubes que participen en sus competiciones nacionales", dijo el hombre de FIFA. Por otro lado también se refirió a la autonomía con la que debe manejarse la Asociación.
"La AFA, y solo la AFA, resulta, a la vista del marco jurídico de la FIFA, la única entidad competente para decidir, a través de sus órganos legítimos de gobierno asociativo, los aspectos relativos a la naturaleza jurídica de los clubes afiliados a la misma. Corresponde a la AFA, sin intervención estatal alguna, decidir democráticamente si sus clubes afiliados deben de retener la naturaleza jurídica de asociaciones civiles de manera obligatoria – como es el caso actual, cf. artículo 10 (2) Estatutos de la AFA-, transformarse en Sociedades Anónimas Deportivas u optar por un modelo diferente", dijo García Silvero en relación a la inclusión de las SAD.
De haber una intervención estatal esto entraría en conflicto con el artículo 19 (1) de los Estatutos de FIFA el cual menciona que "todas las federaciones miembro administrarán sus asuntos de forma independiente y sin la injerencia de terceros". Por otro lado, también chocaría con el el artículo 14 (1) el cual se refiere a "administrar sus asuntos de forma independiente y procurar que no se produzca ninguna injerencia por parte de terceros en sus asuntos internos".
En cuanto a CONMEBOL, la directora jurídica Monserrat Jiménez, también se refirió al tema y explicaron que "establecer la obligación de incluir a los clubes que se transforman en SAD como miembros de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) constituye una flagrante intromisión y una injerencia arbitraria por parte del Estado, ya que despoja a una asociación civil privada de la facultad de decidir con autonomía acerca de su régimen de gobernanza, su gestión y sus intereses".
"Resulta totalmente inconstitucional, arbitrario y contrario a los DDHH que una ley exija a la AFA la inclusión de un miembro que no cumple con sus parámetros y fines. Es igualmente inconstitucional, arbitrario y contrario a los DDHH compelir a esta asociación civil privada a cambiar sus estatutos sociales", dijo Jiménez.
Tanto la respuesta de CONMEBOL como la de FIFA le permiten a la AFA tener más herramientas para luchar contra la inclusión de las SAD en el fútbol argentino a través del DNU 70/2023. Hace unos días se ordenó la suspensión de los artículos 335 y 345 del DNU 70/23 y de los art 2 y 5 del Decreto Reglamentario.