El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció que a partir de mañana quedará prohibido que los municipios recarguen las boletas de los servicios con conceptos ajenos al consumo del usuario. Según adelantó, la medida se oficializará por medio de la Resolución 2024-267 que saldrá en el Boletín Oficial.
Caputo justificó esta medida de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dadas las "reiteradas denuncias públicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturación de servicios esenciales tales como la luz y el gas".
"Las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio", indicó Caputo al respecto.
A modo de ejemplo, Caputo mostró la siguiente factura de luz, donde "lo remarcado en verde ya no podrá facturarse como parte del servicio".
La medida fue celebrada por el ministro de Desregulación y Transformación, Federico Sturzenegger, quien afirmó en X: “El gasto público provincial y municipal creció tanto en los últimos años porque sus impuestos y tasas se ocultaron en facturas o como un impuesto más. La transparencia fiscal ayudará a generar mayor conciencia fiscal y a bajar el gasto”.
Cuáles son los recargos impositivos que ya no se van a poder incluir en el costo de servicio, según Caputo
Caputo puntualizó -a manera ilustrativa- cuáles son los recargos impositivos municipales que ya no podrán ser incluidos en el costo del servicio, entre ellos se encuentran:
- Obras Sanitarias
- Tasa por Inspección de Higiene de General Lavalle; Ordenanza Nro. 4397 del Municipio de la Costa -incluyen tasas, derechos y gravámenes que deben afrontar los contribuyentes
- Bonificación a socios de Obras Sanitarias
- Cuota social
- Bomberos voluntarios
- Tasa por Servicios Generales por el inmueble de la Asociación Cooperadora Unidad Hospitalaria de Mar de Ajó y el 21% de IVA por obras sanitarias y otros.