Buenas noticias para los monotributistas: la AFIP actualizó las reglas para blanquear dinero y estableció que los monotributistas están exentos, es decir, lo declarado por los monotributistas no será tomado en cuenta como antecedentes para su recategorización.
Con la Resolución General 5561, AFIP incorporó un último párrafo al artículo 20, que va sobre el blanqueo de activos, y estableció nuevos parámetros para los pequeños contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado (monotributistas).
El nuevo apartado dice que los activos declarados voluntariamente por monotributistas no serán tenidos en cuenta "como antecedente a los fines de la exclusión o recategorización del pequeño contribuyente declarante respecto de los períodos anteriores a dicha declaración".
Cómo proceder con el blanqueo en AFIP en 3 casos clave
Para blanquear bienes, entonces, se necesitan procedimientos específicos a la hora de declarar inmuebles y obras en construcción, y especifica qué hacer a la hora de blanquear bienes de cambio.
- Inmuebles: AFIP requiere que, para acreditar la titularidad de un inmueble, se presente la escritura traslativa de dominio o el boleto de compraventa, certificado por un notario, siempre que la posesión se haya certificado antes del 31 de diciembre de 2023 inclusive. Además, es necesario presentar un certificado web que aclare la valuación fiscal del inmueble.
- Obras en construcción: para las mejores del inmueble u obras, el requisito es igual al de la categoría inmuebles, pero es necesario adjuntar también las facturas u otros documentos realizados por profesionales que expliquen el valor y alcance de la inversión.
- Bienes de cambio: es necesario certificar la titularidad de bienes de cambio u otros activos con factura de compra u otro documento que demuestre la adquisición. Los documentos pueden ser pólizas de seguro, sitios web de compra-venta o valoraciones del bien realizadas por un martillero.