Este jueves, el Gobierno publicó la Resolución 775/2024, por medio de la cual anuló la obligación de contratar seguros de riesgo de muerte e incapacidad para los pasajeros que corría para las empresas de micros de larga distancia. Ante la preocupación que generó la medida, la CELADI (Cámara Empresaria de Larga Distancia) difundió un comunicado “para llevar tranquilidad a los pasajeros”.
La CELADI aclaró en las últimas horas que la no obligatoriedad del seguro de muerte e incapacidad no quita que las empresas de micros de larga distancia sigan contratando los demás seguros obligatorios indicados por la Secretaría de Transporte.
“Todos los vehículos que prestan servicios públicos de larga distancia cuentan, sin excepción, con los seguros de cobertura legal obligatoria exigidos por la Secretaría De Transporte de la Nación y reglamentados por la Superintendencia de Seguros de la Nación”, escribieron desde la Cámara.
A continuación, recordaron que “la resolución 775/2024 dictada por el Ministerio de Economía establece que únicamente el pago del ‘seguro de cobertura al pasajero’ impuesto en el año 2022 y que se cobraba como un ‘extra’ en el boleto deja de ser obligatorio. Podrá ahora, en cambio, ser un servicio opcional y a elección de los mismos”.
Finalmente, las empresas recalcaron que “todos los viajes que se prestan en los servicios regulares de larga distancia cuentan con la cobertura y seguros” que sigan siendo obligatorios.
La medida implementada el jueves bajo la firma de Luis Caputo ajusta las condiciones que rigen para el transporte a los términos desreguladores del DNU 70/23 y, efectivamente, hace que ya no sea obligatorio que las empresas amplíen su seguro de responsabilidad civil para cubrir riesgos de muerte e incapacidad de los pasajeros.
“Se eliminó un gasto innecesario y que asumía un costo para el pasajero, en línea con los objetivos de brindar mayor accesibilidad y simplificar los procesos”, argumentaron desde la Secretaría de Transporte. A lo último, ese “costo” era de aproximadamente $250 por boleto. Ahora, las compañías tampoco estarán obligadas a informar la proporción del precio del boleto que corresponde a dicho seguro.