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Política

En qué consisten los cambios previstos en la primera parte de la Ley Bases

Ley Bases

Un mes después de que se aprobara la Ley Bases, el Gobierno reglamentó la primera parte de la legislación, con el fin de avanzar con las modificaciones que Javier Milei pretende realizar.

La mencionada reglamentación se conoció a través del decreto 695/2024 publicado hoy en el Boletín Oficial. De esta manera, se estipula lo relacionado con la reforma del Estado y con la privatización de empresas públicas, entre otras cosas trascendentes.

En ese contexto, se determinó cómo se va a llevar a cabo la privatización parcial o total de las siguientes empresas: Energía Argentina, Intercargo, AySA, Belgrano Cargas, Sociedad Operadora Ferroviaria (SOFSE) y Corredores Viales, Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA) y el Complejo Carbonífero, Ferroviario, Portuario y Energético a cargo de Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT).

Según se puede leer en el Boletín Oficial, el secretario de la Presidencia o ministro que esté en la jurisdicción que se encuentre la empresa o sociedad a privatizar deberá elevar al Poder Ejecutivo un informe en el que se detalle la propuesta más apropiada para llevar a cabo la privatización.

Una vez que desde la presidencia den la autorización, el funcionario podrá empezar con los procedimientos hacia la privatización. “Previo a la formalización de los contratos que surjan de los procedimientos previstos en el presente Capítulo, la Autoridad de Aplicación deberá dar intervención a la Procuración del Tesoro de la Nación y a la Sindicatura General de la Nación en las actuaciones correspondientes”, remarcan.

No solo esto, sino que también hay cambios para conseguir empleo público, ya que, de ahora en adelante se hará una “Evaluación General de conocimientos y competencias, diseñada y reglamentada a tal efecto por la Autoridad de Aplicación, la que será anónima”.

Finalmente, en la Ley Bases, también habrá modificaciones en los procesos administrativos. “Los trámites en el marco de recursos, reclamos y demás impugnaciones previstas en la Ley de Procedimientos Administrativos y en el presente reglamento son gratuitos, con exclusión de aquellos en los que, por normativa específica, se exija el pago de una tasa o suma de dinero por el desarrollo y organización de esa actividad estatal específica y concreta”, concluyeron.

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