La Justicia procesó a Ginés González García, el exministro de Salud del primer tramo del gobierno de Alberto Fernández, por la causa del Vacunatorio VIP, el escándalo que derivó en su salida del Gabinete en medio de la pandemia del Covid-19.
La jueza Capuchetti procesó al exministro por peculado de bienes y abuso de autoridad, además dictó un embargo contra sus bienes por un total de 130 millones de pesos.
En la causa también quedaron procesados Alejandro Salvador Costa, subsecretario de estrategias sanitarias de la Secretaría de Salud del Ministerio de Salud de la Nación; Marcelo Ariel Guille, secretario privado de González García; Alberto Alejandro Maceira, director nacional ejecutivo del Hospital Posadas y María Elena Borda, jefa de medicina preventiva del Hospital Posadas. Se dictó en tanto la falta de merito de otras médicas indagadas: Lucrecia Silvia Raffo, Silvia Cristina Bacigalupo y Graciela Beatriz Torales.
El escándalo estalló luego de que el periodista Horacio Verbitzky contara cómo había ido a vacunarse al Ministerio de Salud después de un llamado de González García, lo que derivó en el inicio de la causa. Allí Maceira aseguró que recibió instrucciones de los funcionarios de Salud para atender a algunos recomendados en el vacunatorio del Hospital Posadas.
Entre ellos, además de Verbitsky, participaron Jorge Taiana y Eduardo Valdés, entre otros. "La sustracción se produjo cuando las vacunas dejaron de estar disponibles en el Hospital Posadas para cumplir con el objetivo estatal dispuesto para esas dosis, que comprendía únicamente la inoculación del "Personal de Salud” y eventualmente del Personal estratégico", habían acusado los fiscales de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA).
La jueza sostuvo que ninguno de ellos, a esa fecha, cumplía con los criterios para vacunarse de acuerdo a lo establecido por los lineamientos técnicos de la Resolución 2883/20 que González García dictó cuando era ministro de Salud. Los criterios postulados por la resolución establecían que la prioridad en la vacunación debía ser para el "Personal de Salud o eventualmente el "Personal Estratégico". Según la jueza, ninguno de ellos integraba estas categorías.