El Gobierno cambió la normativa vinculada a la provisión de energía para usuarios electrodependientes. La modificación se introdujo por medio de las resoluciones 329/2024 y 330/2024, las cuales reformularon los procedimientos para la realización de obras y la aplicación de sanciones por incumplimiento de plazos.
Como se sabe, las personas electrodependientes necesitan un servicio de energía eléctrica que alimente de manera constante y con niveles de tensión adecuados los equipos eléctricos prescriptos por un médico, dado que su vida depende de ello.
Ante ello, dichas personas se inscriben en el Registro de Electrodependientes, el cual permite al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) agilizar los reclamos y garantizar una respuesta rápida de parte de las distribuidoras de energía ante la situación de un corte de energía.
Hasta entonces, Edenor y Edesur tenían 48 horas para responder luego de hecha la denuncia por falta de suministro eléctrico. Tras la resolución, se determinó tienen dos días hábiles para responder, cuando antes incluía a los días inhábiles. De esta manera, los usuarios elecrtodependientes tendrán una larga espera en caso de qe el corte suceda durante un fin de semana largo.
Además, se adecuó la aplicación de la sanción por incumplimiento del nuevo plazo. Las empresas deberán abonar al usuario una multa en pesos equivalentes al consumo de 2000 kWh por cada día hábil de atraso, valorizada según la tarifa promedio vigente.
Lo más preocupante es que se modificó el procedimiento para readecuar la conexión a una Fuente Alternativa de Energía (FAE). Ahora las distribuidoras tienen 30 días hábiles para adecuar a una nueva conexión.