El Gobierno oficializó hoy la derogación de la Cédula Azul para manejar cualquier vehículo, señalando que este documento “carece de sustento y aplicación prácticos”. De esta manera, la Cédula Verde no tendrá fecha de vencimiento.
La determinación fue anunciada hace algunos días, pero se formalizó mediante la Disposición 29/2024 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA), publicada hoy en el Boletín Oficial. En este sentido, desde esta jornada ya no será necesaria la Cédula Azul, conocida formalmente como “Cédula de Identificación para autorizado a conducir”.
Este documento permitía que el titular de un vehículo pueda autorizar a otros para que lo manejen. Ahora, con la derogación del mismo, todo quedará supeditado a la Cédula Verde, que se expedirá en formato físico y digital.
De esta forma, las Cédulas de Identificación del Automotor y del Motovehículo no tendrán vencimiento siempre y cuando no haya cambios en la titularidad del vehículo, salvo en casos excepcionales donde se determine un plazo de vigencia.
No solo esto, sino que se podrán pedir duplicados de estas cédulas de forma electrónica para titulares registrados como personas humanas y se emitirán sin fecha de vencimiento, a menos que una norma vigente fije un plazo determinado.
Sin la Cédula Azul, qué documentos se necesitan para circular a partir de hoy
- Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Licencia Nacional de Conducir.
- Cédula verde.
- Comprobante de seguro vigente.
- Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV).
- Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.
- Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.