La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la secretaría de Comercio oficializaron hoy, a través de la Resolución Conjunta 5466/2023, el Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI), un nuevo registro para los importadores que cuentan con deuda con proveedores del exterior.
De esta manera, formalizaron el lanzamiento del SEDI, a través del cual los importadores definidos en el apartado 1 del artículo 91 del Código Aduanero, “anticiparán la información relativa a sus destinaciones de importación para consumo”.
No solo esto, sino que conformaron el “Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior”, con el objetivo de contar con información actualizada de la deuda comercial privada vigente y “atender dicha problemática”.
Deberán inscribirse en este registro y completar una declaración jurada quienes cuenten con deuda comercial por importaciones de bienes o servicios. El padrón abarca las importaciones previas al pasado 13 de diciembre destinadas a consumo definitivo o temporales, declaraciones SIRA aprobadas en el marco de las excepciones previstas por la Comunicación A 7622/22 del Banco Central, y disposiciones particulares de importación.
Los importadores con deuda comercial tendrán 15 días corridos para completar el registro de deuda en el micrositio SEDI de la AFIP. También podrán inscribirse en el registro quienes pudieron cancelar la deuda comercial con proveedores del exterior mediante otros mecanismos que no implicaron el giro de divisas, dejando asentado que ya cumplieron con las obligaciones de pago.
Quienes no se incorporen al padrón o falseen la información, no podrán acceder al SEDI, “quedando la deuda sujeta a una ulterior evaluación, una vez regularizada la situación”.
La medida se suma a la decisión del Banco Central (BCRA) de emitir títulos para importadores con deuda comercial pendiente de pago, que se suscribirán al tipo de cambio oficial mayorista y se pagarán en dólares con opción de rescate anticipado.
Fuente: Télam.