Este domingo se celebra el balotaje entre Sergio Massa y Javier Milei, luego de que el candidato de Unión por la Patria y el de La Libertad Avanza encabezaran las dos fuerzas con más votos en las elecciones generales del 22 de octubre, pero sin alcanzar la diferencia necesaria para ganar en primera vuelta.
Según indica la Constitución en su artículo 96, desde 1994, el balotaje, “si correspondiere, se realizará entre las dos fórmulas de candidatos más votadas, dentro de los treinta días de celebrada la anterior”.
En la primera vuelta, gana el candidato que obtiene el 45% de los votos afirmativos o aquel que obtiene un mínimo del 40% con una diferencia del 10% respecto de la segunda fuerza. Dado que ninguna de estas condiciones se cumplió el pasado 22 de octubre, el 19 de noviembre se realizará la segunda vuelta.
En este caso, según el artículo 151 del Código Electoral Nacional (CEN), “participarán solamente las dos fórmulas más votadas en la primera" y ganará el balotaje la fuerza "que obtenga mayor número de votos afirmativos válidamente emitidos”. De este modo, la definición es más sencilla: el que obtiene más votos gana, sin importar cuál sea la diferencia. Ganará el balotaje la fuerza que obtenga mayor número de votos afirmativos válidamente emitidos.
Respecto de la contabilización de los diferentes tipos de votos, tanto en una segunda vuelta como en las demás instancias electorales lo que se cuenta para definir un ganador es el voto válido y afirmativo. Según la clasificación de la Dirección Nacional Electoral, hay dos tipos de votos válidos: el voto en blanco y el voto afirmativo.
El voto afirmativo es aquel que se emite utilizando boletas oficializadas, y se contabilizará como válido aunque tenga “tachaduras, agregados, roturas o sustituciones, siempre que el encabezado se encuentre intacto”.
Si el votante pusiera varias boletas del mismo partido, el voto sería válido y afirmativo igual y sólo se computaría una, mientras que también sería válido un voto afirmativo que consistiera en boletas de diferentes agrupaciones para cargos diferentes, situación que de todos modos no puede darse en el balotaje.
En tanto, el voto en blanco también es válido, pero no se considera afirmativo. Por ende, y siendo que el CEN establece que ganará la fórmula con “mayor número de votos afirmativos”, esta clase de votos no favorece a ninguno de los dos candidatos, contra el mito que suele circular sobre que el voto en blanco favorecería al candidato con mayores posibilidades. En contraste, ni el voto impugnado ni el voto nulo son válidos.
Por último, cabe destacar que tanto el lugar de votación que corresponde a cada ciudadano como el padrón electoral y las autoridades de mesa serán las mismas que en las elecciones generales, y que quienes no se presentaron a votar en las dos instancias anteriores pueden hacerlo en esta última.