El 24 de julio, en plena Expo Rural de Palermo, el ministro de Economía de la Nación y candidato a Presidente, Sergio Massa, había prometido que a partir del primero de septiembre las Economías Regionales dejarían de pagar Derechos de Exportación (retenciones), algo que afectivamente se cumplió, al menos de forma parcial.
A través de una transmisión en vivo en la jornada de ayer, Massa junto al Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, explicaron los alcances del Decreto 462/2023, por el cual se eliminan o reducen las retenciones a ciertas actividades productivas.
A través del Decreto se modificó los derechos de exportación de 371 posiciones arancelarias vinculadas a citricultura, pesca y acuicultura, arroz, vitivinicultura, maní, tabaco y foresto industria.
"Hemos decidido llevar a cero las retenciones de todas las economías regionales con valor agregado, es decir, con procesos de industrialización sobre la producción primaria de manera tal de mejorar la competitividad de todas las economías regionales argentinas", afirmó Sergio Massa.
Estas palabras del funcionario son la clave para entender por qué algunas producciones continuarán pagando retenciones, esas que no tienen más valor agregado que la producción primaria.
"A partir del esfuerzo conjunto podemos ser más competitivos, acumular más reservas que es el camino para el desarrollo argentino. No es con recetas mágicas, no es con soluciones declamativas, sino haciendo más competitivas nuestra exportación, defendiendo el valor de nuestro empleo y acumulando reservas como la Argentina va a salir adelante y ese es el camino", concluyó Massa.
Economías Regionales sin retenciones
Las modificaciones que beneficiarán la actividad económica de las provincias de Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Córdoba, Mendoza, San Juan, Tucumán, Salta, Jujuy, Buenos Aires, Santa Fe, Chaco, La Pampa y Catamarca, son las siguientes:
Arroz
Con cáscara: de 5% y 6% a 3% y 4%. Arroz descascarillado, parbolizado y no parbolizado, arroz parbolizado semiblanqueado o blanqueado, pulido o glaseado y excluido pulido o glaseado, Arroz no parbolizado semiblanqueado o blanqueado, pulido o glaseado y excluido pulido o glaseado: de 3% y 5% a 0%. Arroz partido: de 4,5% y 5% a 2%
Maní
Crudo con cáscara: de 7% a 4%. Maní tipo confitería, blancheado y partido de: 4,5% y 3% a 0%. Otros maníes crudos sin cáscara a granel y aceite bruto a granel: de 4,5% a 0%. Tortas y residuos de extracción de aceite: de 5% a 3%.
Mosto, vino y otros
Jugo de uva (incluido mosto): de 4,5% a 0%. Vino, sidra, bebidas fermentadas, alcohol etílico y vinagre: de 4,5% a 0%.
Más
Cáscara de cítricos
Deshidratada de cítricos: de 12% a 0%.
Aceites esenciales
De limón, naranja, lima y mezclas de sustancias odoríficas utilizadas como materias básicas en las industrias alimentarias o de bebidas productos con valor agregado de las economías regionales: de 3% a 0%.
Forestoindustria
Tableros, madera contrachapada, postes, corcho, cajones, barriles, extractos, taninos, esencias, papel, cartón: de 3% a 0%. Pasta química y semiquímica de madera: de 4% a 0%. Flejes, madera aserrada, hojas para chapado y contrachapado, maderas perfiladas, colofonias y ácidos resínicos: de 4,5% a 0%. Leña, rollizos, madera en bruto: de 5% a 3%. Madera en plaquitas o partículas, postes: de 5% a 0%. Aserrín, aglomerados, briquetas, carbón: de 5% a 0%.
Tabaco
Sin desvenar y desperdicios de tabaco: de 12% a 5%. Tabaco desvenado, cigarros, cigarrillos, tabaco para pipa y para fumar, extractos y jugos: de 4,5% a 0%.
Papa industrializada
Preparadas o conservadas sin vinagre o ácido acético, congeladas y no congeladas: de 4,5% a 0%. Proteínas de papa en polvo: de 3% a 0%.
Pesca y acuicultura
Pescado seco, incluso salado, sin ahumar y ahumado, excepto los despojos comestibles y salado, sin secar ni ahumar y en salmuera excluidos los despojos comestibles: de 7% a 0%.