Miércoles, 01 de Mayo de 2024 Nubes 14.9 °C nubes
 
Lunes, 11 de Octubre de 2021 Nubes 14.9 °C nubes
 
Dólar BNA: $921
Dólar Blue: $1048
Política

Ofelia Fernández mandó al frente a un diputado del PRO por la reforma de la Ley de Alquileres: "Tiene 5 departamentos"

ofelia fernández

La legisladora porteña Ofelia Fernández mandó al frente a un diputado de Juntos por el Cambio que votó por la reforma de alquileres. "Yo no me quiero poner en vigilante, pero en el medio de la sesión escuchas a un diputado que te dice que está preocupado por la rentabilidad de los propietarios, pero que tiene 5 departamentos. Y claro. ¿Qué va a votar? Felicitaciones por esta garcha, te viene bárbaro".

Tras la media sanción que modifica la Ley de Alquileres, Ofelia Fernández salió al cruce con un diputado del PRO. En ese sentido, lo acusó de votar a favor de la reforma ya que esta lo beneficia, debido a que tiene 5 departamentos. "Tiene uno para la hija, uno para el cuñado, uno para la concha de su madre y otro para hacer guita", añadió la legisladora.

Video de Ofelia Fernández.

Este miércoles un conjunto de bloques opositores consiguió quórum reglamentario en la Cámara de Diputados y dio media sanción a la reforma de la ley de alquileres, con el fin de reducir el plazo de los contratos y los plazos para actualizar esos acuerdos entre inquilinos y propietarios. Ahora el proyecto pasa al Senado.

En ese sentido, los bloques opositores de Juntos por el Cambio (JxC), la Libertad Avanza (LLA) e Interbloque Federal reunieron 129 legisladores -es decir quorum estricto- para, en primer lugar, rechazar el proyecto del oficialista Frente de Todos que mantenía dos puntos claves de la ley actual: contratos cada tres años y actualización anual del alquiler (en base a IPC y RIPTE).

Punto por punto, los detalles de las modificaciones aprobadas

  • El valor del alquiler se podrá actualizar "por intervalos no inferiores a los cuatro meses" y especifica que "las partes deberán convenir un mecanismo de actualización". Los mecanismos por los que se podrían optar son: Índice de Precios al Consumidor (IPC), Índice de Precios Mayoristas (IPM) Índice de Salarios (IS) o una combinación de los tres índices.
  • El plazo mínimo de contrato será de dos años y se considerará ese plazo en caso de que el contrato no explicite su duración. Aun así, en ese caso, el inquilino puede renunciar a ese plazo, en caso de preaviso, bajo ciertas condiciones.
  • El plazo mínimo de dos años no será válido para ciertos tipos de alquiler, como locación a contratos diplomáticos y, en particular, alquiler de unidades amuebladas “para fines de turismo, descanso o similares y para cualquier otro fin temporario en interés del locatario”
  • Se establece que el propietario deberá hacerse cargo de las reparaciones urgentes en no más de 24 horas desde la notificación del inquilino o locatario y en no más de 10 días corridos en caso de reparaciones no urgentes. Si transcurridos esos plazos no hay respuesta, el inquilino puede hacerse cargo de las reparaciones, con cargo de los costos al propietario.
  • En caso de vivienda habitacional, no puede exigirse al inquilino el pago de alquileres anticipados ni depósitos de garantía superiores a un mes.
  • Todos los contratos deben ser declarados ante la AFIP, que según el proyecto deberá “disponer un régimen de facilidades para la registración de contratos vigentes”.

Cuáles son las extensiones del proyecto

También, el proyecto propuso una serie de exenciones impositivas para incentivar la oferta de propiedades en alquiler.

  • Exenciones al monotributo para aquellos propietarios que “no realicen más de tres actividades simultáneas o no posean más de tres unidades de explotación”.
  • La exención del pago del impuesto a los Bienes Personales sobre los bienes ofrecidos en locación “para casa-habitación, con contratos debidamente registrados”, aunque con tope a determinar según el valor de los contratos vigentes.
  • Se exime del pago del impuesto al cheque las operaciones bancarias “utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa - habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados”.