Se oficializó la eliminación de la fe de vida de los jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas. La Ley 27.721 se sancionó el 5 de julio en el Congreso y se oficializó en el Boletín Oficial, a través del Decreto 365/2023 con las firmas de Alberto Fernández, Kelly Olmos -ministra de Trabajo- y Agustín Rossi -jefe de Gabinete-. Con esta medida, ya no será necesario que los beneficiarios hagan el trámite para poder cobrar.
Esta nueva Ley anula la obligación de presentar la fe de vida o declaración de supervivencia, un trámite que tenían que hacer sí o sí los jubilados y pensionados todos los meses para poder cobrar. La nueva medida significa entonces un paso menos a la hora de acceder a la mensualidad.
Sin embargo, algunos bancos -sobre todo públicos- ya venían arreglando con el Estado otras alternativas para evitarles a los jubilados este trámite. Por eso, de los cerca de 7,3 millones de beneficiarios, había aproximadamente 3,2 millones que ya no la tenían que presentar.
Según la nueva Ley, "en ningún caso podrán requerirse trámites adicionales a cargo del beneficiario y/o apoderado de la presentación" jubilatoria "más allá de las verificaciones realizadas al momento del cobro presencial que eventualmente se realice". Además, el artículo 2 dice que “los haberes o prestaciones de la seguridad social que integran el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) como aquellas comprendidas en el Sistema de Pensiones no Contributivas a cargo del Anses no requerirán, en ningún caso, de la realización de acción deliberada alguna a cargo de la persona beneficiaria o apoderada para acreditar supervivencia”.
Cómo se va a reemplazar la fe de vida
Con la pandemia, este trámite se había suspendido hasta febrero de 2022. Para contrarrestarla, en septiembre de 2020 el Gobierno lanzó el Certificado Digital de Hechos Vitales (CDHV), una plataforma para que, entre otras funciones, los jubilados puedan realizar la fe de vida de manera online.
A raíz de esto, algunos bancos empezaron a tomar otro tipo de medidas para verificar la fe de vida, evitando el trámite directo. Algunos requerían una compra mensual con tarjeta -de débito o crédito- por parte del beneficiario, otros ofrecían aplicaciones móviles o bien la opción de hacerlo de forma tradicional.
Como la verificación de la supervivencia de los beneficiarios queda a cargo de cada banco y no del ANSES, estos son los métodos que se utilizarán de ahora en adelante:
- Hacer una compra con la tarjeta de débito o crédito asociada a la cuenta de la seguridad social.
- Hacer trámites en cajeros automáticos usando la huella digital.
- Poner la huella digital en los tótems del ANSES, ubicados en sucursales bancarias.
- A través de una terminal de autoconsulta biométrica que hay en las oficinas de ANSES, en caso de que se acuda allí para hacer otro trámite.