La Comisión de Mujeres y Diversidad de la Cámara de Diputados, con Mónica Macha (FdT) en la presidencia y Silvia Lospennato (Pro – Buenos Aires) en la vicepresidencia, logró un dictamen de consenso para modificar la Ley 26.485 sobre Protección Integral a las Mujeres e incorporar la violencia digital como una violencia de género.
La Ley 26.485 clasifica la violencia contra las mujeres en cinco tipos: física, psicológica, sexual, económica y simbólica. Además, enumera seis modalidades: doméstica, institucional, laboral, contra la libertad reproductiva, obstétrica y mediática.
Los dos proyectos que buscan legislar la violencia digital son la Ley Olimpia y la Ley Belén. El primero es originalmente una iniciativa mexicana impulsada por la feminista Olimpia Coral Melo para sancionar los delitos que violen la intimidad sexual por medios digitales y el segundo corresponde a la comisión de Legislación Penal que busca modificar el Código Penal para incluir los delitos de este tipo.
El consenso al que llegaron las diputadas argentinas fue tomar la Ley Olimpia y una iniciativa similar presentada en ese sentido por la diputada de Evolución Radical, Danya Tavela, para modificar la ley contra la violencia de género.
El acuerdo al que llegaron las diputadas debe pasar por la comisión de Comunicaciones que preside el diputado del FDT, Pablo Carro, para que eventualmente los y las diputadas voten en la Cámara y conviertan en ley el proyecto consensuado.
“La violencia por motivos de género es una pandemia porque que se viralice contenido íntimo genera padecimientos psíquicos, ataques de pánico y aislamiento y necesita acompañamiento, pero es una forma más de violencia por motivos de género”, señaló Mónica Macha este martes.
Mientras que Danya Tavela enfatizó en que hay que “tener en cuenta el daño que genera la revictimización permanente de quienes sufren violencia digital” y añadió: “Lo más importante es que las consecuencias tienen una restricción a la libertad y una mujer se ve afectada, pero es muy importante que podamos avanzar sobre el dictamen de esta norma”.
En la misma línea, Silvia Lospennato recordó: “La violencia tiene dos objetivos, el castigo y el disciplinamiento, y busca el repliegue de las mujeres a sus vidas privadas”. Del mismo modo, agregó: “Estamos protegiendo un derecho constitucional que es el derecho a la intimidad y no puede estar ajena a la complementación porque este problema afecta a todas las mujeres y a las poblaciones”.
Qué plantea el proyecto consensuado
El proyecto de violencia digital plantea que se entiende por violencia contra las mujeres "toda conducta, acción u omisión, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, en el plano analógico o virtual, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal".
La iniciativa establece la implementación de "un servicio multisoporte, telefónico y digital gratuito y accesible, en forma articulada con las provincias, a través de organismos gubernamentales pertinentes, destinado a dar contención, información y asesoramiento sobre recursos en materia de prevención de la violencia contra las mujeres y asistencia a quienes la padecen, incluida la modalidad de “violencia contra las mujeres en el espacio público” conocida como “acoso callejero”.
La iniciativa plantea la obligación de promover programas de alfabetización digital, buenas prácticas en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación y de identificación de las violencias digitales en las clases de educación sexual integral (ESI) como en el resto de los contenidos educativo y en la formación docente.
En julio de 2022 se presentó esta iniciativa en un encuentro que contó con la presencia de la exministra de Mujeres y Diversidad Elizabeth Gómez Alcorta, el espacio de víctimas "Ley Olimpia Argentina" y la organización Género y TIC.