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Salud

La ANMAT prohibió la venta de medallones veganos que aseguraban ser SIN TACC

medallones

La Anmat prohibió hoy la venta de los medallones veganos congelados Fast Good que estaban “falsamente rotulados” y se desconocen las condiciones bajo las que fueron elaborados, por lo que se consideraron “productos ilegales”. La marca, además, utilizó de forma irregular la leyenda “libre de gluten” en sus envases.

A través de la Disposición 3023/2023, publicada en el Boletín Oficial a la medianoche, el organismo explicó que la medida se adoptó luego de una auditoría que llevó adelante la Coordinación Provincial de Salud Ambiental de la provincia de Río Negro (CPSA).

Las autoridades provinciales advirtieron en el procedimiento que la comercialización de los “medallones vegetales congelados elaborados por Fast Good SRL” llevaban el logo de Alimento Libren de Gluten aun sin contar con este atributo.

A partir de esta constatación, la Anmat disparó una alerta sobre las siguientes variantes: medallón congelado de arroz yamaní, arvejas y espinaca, medallón congelado de quinoa y cebolla, medallón congelado de garbanzos, porotos y remolacha, medallón congelado de garbanzos y zanahorias y medallón congelado de lentejas, calabaza y cebollas.

Los lotes de estos productos fueron comercializados en Bariloche y General Roca (Río Negro) y en un local de Bahía Blanca (provincia de Buenos Aires).

El organismo sanitario rionegrino dio aviso a Anmat que “procedió a la intervención del lote de los productos investigados y las bobinas de rótulos; requirió a la firma elaboradora que informe las cantidades comercializadas, el detalle de distribución y proceda al retiro de la venta y destrucción de la mercadería con referencia a productos libres de gluten”.

En este sentido, la ANMAT dispuso que se avance en la suspensión y/o cancelación de la producción, elaboración o fraccionamiento en de esos productos en cualquier parte del país.

Para ello, se valieron de la recomendación del Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), que expone: “Toda vez que se trate de productos alimenticios que puedan contener trigo, avena, cebada o centeno (TACC) y que posean la leyenda “Libre de Gluten” y/o el símbolo “Sin TACC” sin contar con la habilitación para dicho atributo, se debe prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional”.

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