La Corte Suprema de Justicia dispuso hoy que el Gobierno nacional le pague al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el 2,95% de la coparticipación federal, en el marco de la disputa entre ambas administraciones por el porcentaje correcto. El fallo fue firmado por los cuatro miembros del máximo tribunal.
Los jueces de la Corte Suprema dictaron una medida cautelar (es decir, no legisla sobre la cuestión de fondo, que se sigue resolviendo) con la cual ordenaron que se entregue a la Ciudad de Buenos Aires el 2,95% de la masa de fondos coparticipables y que dichas transferencias se realicen en forma diaria y automática por el Banco de la Nación. Así, se suspendió la ley 27.606 que había reducido la participación de esa jurisdicción. El Gobierno de Rodríguez Larreta pide el 3,50% en el reclamo de fondo que continuará sustanciándose en la Justicia.
Para tomar esta decisción, el tribunal máximo de Justicia analizó la evolución histórica de la Ciudad desde su orígen como municipalidad hasta la actualidad y señaló que su autonomía financiera aún dista de haberse concretado. En la sentencia, afirmaron que las provincias no se ven perjudicadas ya que la cuota correspondiente a la Ciudad de Buenos Aires salen de los fondos que le corresponden a la Nación en la distribución primaria.
Esta disposición de la Justicia significa un duro revés para el Gobierno nacional en esta disputa millonaria que lo enfrenta con la administración de la Ciudad de Buenos Aires. "Es una buena noticia y analizaremos en detalle la resolución", dijo Felipe Miguel, jefe de Gabinete porteño, en declaraciones radiales. El funcionario aseguró que la decisión "restablece un orden constitucional".
El origen de este conflicto entre el gobierno de Larreta y el de Alberto Fernández se remonta a septiembre de 2020, cuando Casa Rosada le quitó un punto de la coparticipación nacional a la Ciudad por el traspaso de las funciones de seguridad, mediante el decreto 375. En consecuencia, la administración porteña le pidió a la Corte Suprema que declare la inconstitucionalidad de esta norma.