La AFIP reglamentó las modificaciones del Impuesto a las Ganancias para los empleados en relación de dependencia, de manera tal que el aguinaldo o Salario Anual Complementario (SAC) quedará exento del cálculo si el monto de remuneración o el haber bruto promedio mensual no supera los $280.792 para el primer semestre y de $330.000 en el segundo semestre.
A través de la Resolución 5280, la AFIP modificó el criterio que disponía la Ley del impuesto a las ganancias, según el cual la exención del aguinaldo se debe calcular sumando las dos cuotas del mismo. Ahora, para determinar si se retiene o no el impuesto a las ganancias sobre el aguinaldo, los empleadores deberán analizar cada cuota de manera independiente, de la siguiente forma:
- Primera cuota: Si el monto de la remuneración y/o haber bruto promedio mensual del primer semestre no supera la suma de $280.792, el SAC estará exento hasta la mitad de ese valor, $ 140.396.
- Segunda cuota: Si el monto de la remuneración y/o haber bruto promedio mensual del segundo semestre no supera la suma de $330.000, el SAC estará exento hasta la mitad de ese valor, $165.000.
Si una persona llega a percibe alguna suma extraordinaria, producto de alguna tarea especial o un acuerdo paritario, que implique subir el promedio de remuneración mensual por encima del piso, tendrá que pagar el impuesto por la diferencia.